Decisión del Consejo, de 29 de octubre de 2009, por la que se nombra al Secretario General Adjunto del Consejo de la Unión Europea para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2009 y el 31 de diciembre de 2009

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

L 283/56 Diario Oficial de la Unión Europea 30.10.2009

ES

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 29 de octubre de 2009

por la que se nombra al Secretario General Adjunto del Consejo de la Unión Europea para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2009 y el 31 de diciembre de 2009

(2009/792/CE, Euratom)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 207, apartado 2,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 121, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El mandato del Sr. D. Pierre DE BOISSIEU, Secretario General del Consejo de la Unión Europea, termina el 31 de octubre de 2009

( 1 ).

(2) Dicho mandato ha de renovarse hasta el 31 de diciembre de 2009, o bien hasta la fecha de entrada en vigor del Tratado de Lisboa si esta es anterior.

(3) Cabe recordar que, de conformidad con el artículo 6 del Protocolo sobre las disposiciones transitorias, que en virtud del Tratado de Lisboa quedará anexo al Tratado de la Unión Europea, al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, el mandato del

Secretario General Adjunto del Consejo terminará en la fecha de entrada en vigor del Tratado de Lisboa.

DECIDE:

Artículo 1

Se nombra al Sr. D. Pierre DE BOISSIEU Secretario General Adjunto del Consejo de la Unión Europea para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2009 y el 31 de diciembre de 2009, o bien hasta la fecha de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT