Decisión del Consejo, de 13 de noviembre de 2006, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Noruega sobre la revisión del importe de la contribución financiera de Noruega prevista en el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Noruega relativo a la participación de Noruega en las actividades del ...

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Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

II (Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad) CONSEJO DECISIÓN DEL CONSEJO de 13 de noviembre de 2006 relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Noruega sobre la revisión del importe de la contribución financiera de Noruega prevista en el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Noruega relativo a la participación de Noruega en las actividades del Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (OEDT) (2006/914/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 152, leído en relación con el artículo 300, apartado 2, párrafo primero, primera frase, y con el artículo 300, apartado 3, párrafo primero,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CEE) no 302/93 del Consejo, de 8 de febrero de 1993, por el que se crea un Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (2), establece en su artículo 13 que el Observatorio estará abierto a la participación de países no comunitarios que compartan los intereses de la Comunidad y de sus Estados miembros en los objetivos y trabajos del Observatorio.

(2) El Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Noruega relativo a la participación de Noruega en las actividades del Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (3) se firmó el 19 de octubre de 2000 y entró en vigor el 1 de enero de 2001. El artículo 5 de este Acuerdo establece la contribución financiera de Noruega a las actividades del Observatorio.

(3) Noruega ha solicitado la revisión de su contribución financiera al trabajo del OEDT, a raíz de la ampliación de la Unión Europea.

(4) La Comisión ha negociado en nombre de la Comunidad un Acuerdo con Noruega relativo a la revisión del importe de la contribución financiera de Noruega prevista en el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Noruega relativo a la participación de Noruega en las actividades del Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías.

(5) Conviene aprobar el Acuerdo rubricado el 11 de noviembre de 2005.

DECIDE:

Artículo 1

El Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Noruega relativo a la revisión del importe de la contribución financiera de Noruega prevista en el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Noruega relativo a la participación de Noruega en las...

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