Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea
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4.3.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 76/1
Prefacio9
A. Reglas generales para la interpretación de la nomenclatura combinada11
C. Reglas generales comunes a la nomenclatura y a los derechos11
1 Animales vivos13
2 Carne y despojos comestibles16
3 Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos30
4 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte37
5 Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte41
6 Plantas vivas y productos de la floricultura43
7 Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios45
8 Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías53
9 Café, té, yerba mate y especias59
10 Cereales63
11 Productos de la molinería; malta; almidón y fécula; inulina; gluten de trigo64
12 Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje67
13 Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales71
14 Materias trenzables y demás productos de origen vegetal, no expresados ni comprendidos en otra parte72
15 Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal73
16 Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos78
17 Azúcares y artículos de confitería82
18 Cacao y sus preparaciones85
19 Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería87
20 Preparaciones de hortalizas, de frutas u otros frutos o demás partes de plantas90
21 Preparaciones alimenticias diversas94
22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre97
23 Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales103
24 Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados107
25 Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos110
26 Minerales metalíferos, escorias y cenizas114
27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales116
28 Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos141
29 Productos químicos orgánicos146
30 Productos farmacéuticos154
31 Abonos158
32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas160
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética165
34 Jabones, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, «ceras para odontología» y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable167
35 Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula modificados; colas; enzimas169
36 Pólvora y explosivos; artículos de pirotecnia; fósforos (cerillas); aleaciones pirofóricas; materias inflamables171
37 Productos fotográficos o cinematográficos172
38 Productos diversos de las industrias químicas175
39 Plástico y sus manufacturas183
40 Caucho y sus manufacturas190
41 Pieles (excepto la peletería) y cueros193
42 Manufacturas de cuero; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa198
43 Peletería y confecciones de peletería; peletería facticia o artificial200
44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera202
45 Corcho y sus manufacturas209
46 Manufacturas de espartería o cestería211
47 Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos)212
48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón214
49 Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos219
50 Seda220
51 Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin223
52 Algodón225
53 Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel226
54 Filamentos sintéticos o artificiales; tiras y formas similares de materia textil sintética o artificial227
55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas230
56 Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería231
57 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil232
58 Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados233
59 Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil235
60 Tejidos de punto237
61 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto238
62 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto248
63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos256
64 Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos257
65 Sombreros, demás tocados, y sus partes263
66 Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos, fustas, y sus partes264
67 Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello265
68 Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas266
69 Productos cerámicos270
70 Vidrio y sus manufacturas275
71 Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas280
72 Fundición, hierro y acero284
73 Manufacturas de fundición, de hierro o acero293
74 Cobre y sus manufacturas302
75 Níquel y sus manufacturas303
76 Aluminio y sus manufacturas304
78 Plomo y sus manufacturas305
81 Los demás metales comunes; cermets; manufacturas de estas materias306
82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común, partes de estos artículos, de metal común307
83 Manufacturas diversas de metal común309
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos311
85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos331
86 Vehículos y material para vías férreas o similares, y sus partes; aparatos mecánicos, incluso electromecánicos, de señalización para vías de comunicación357
87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios359
88 Aeronaves, vehículos espaciales, y sus partes368
89 Barcos y demás artefactos flotantes369
90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos370
91 Aparatos de relojería y sus partes376
92 Instrumentos musicales; sus partes y accesorios377
93 Armas, municiones, y sus partes y accesorios378
94 Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas379
95 Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios381
96 Manufacturas diversas387
El Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (2), estableció una nomenclatura, llamada «nomenclatura combinada» o, en forma abreviada, «NC», basada en el Convenio internacional sobre el sistema armonizado de designación y codificación de mercancías (3), llamado «sistema armonizado» o, en forma abreviada, «SA».
El SA se completa con sus correspondientes notas explicativas (NESA), publicadas en francés e inglés y actualizadas por la:
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS Consejo de Cooperación Aduanera (CCA) 30, rue du Marché B-1210 Bruselas
En virtud de lo dispuesto en el artículo 9, apartado 1, letra a), segundo guion, del Reglamento (CEE) no 2658/87, la Comisión adopta las notas explicativas de la nomenclatura combinada (NENC) previo examen por parte de la sección de la nomenclatura arancelaria y estadística del Comité del código aduanero. Si bien las NENC pueden remitir a las notas explicativas del SA, no las sustituyen, debiendo ser consideradas como complementarias y utilizadas conjuntamente con ellas.
La presente versión de las NENC incluye, y la sustituye cuando procede, la publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, hasta el 16 de septiembre de 2014 (4). Las NENC publicadas en el Diario Oficial, serie C, con posterioridad a esa fecha seguirán en vigor y se incorporarán a las NENC cuando éstas se revisen.
Por otra parte, los códigos de las partidas y subpartidas de la NC a las que se hace referencia reflejarán los códigos de la nomenclatura combinada de 2015 tal como se establecen en el Reglamento de Ejecución (UE) no 1101/2014 de la Comisión (5).
Además, en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie C (6), se publicó información sobre las «Directrices relativas a la clasificación en la nomenclatura combinada de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor».
Regla general 5 b) Los envases habitualmente utilizados en la comercialización de bebidas, compotas, mostaza, especias u otras preparaciones similares se clasifican con las mercancías que contengan, incluso cuando sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida.
Regla general 3 1. Los «días laborables» a los que se refiere el artículo 18, apartados 1 y 2, del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo (7)...
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