Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea

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4.3.2015    ES Diario Oficial de la Unión Europea C 76/1

Prefacio9

A. Reglas generales para la interpretación de la nomenclatura combinada11

C. Reglas generales comunes a la nomenclatura y a los derechos11

1 Animales vivos13

2 Carne y despojos comestibles16

3 Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos30

4 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte37

5 Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte41

6 Plantas vivas y productos de la floricultura43

7 Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios45

8 Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías53

9 Café, té, yerba mate y especias59

10 Cereales63

11 Productos de la molinería; malta; almidón y fécula; inulina; gluten de trigo64

12 Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje67

13 Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales71

14 Materias trenzables y demás productos de origen vegetal, no expresados ni comprendidos en otra parte72

15 Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal73

16 Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos78

17 Azúcares y artículos de confitería82

18 Cacao y sus preparaciones85

19 Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería87

20 Preparaciones de hortalizas, de frutas u otros frutos o demás partes de plantas90

21 Preparaciones alimenticias diversas94

22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre97

23 Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales103

24 Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados107

25 Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos110

26 Minerales metalíferos, escorias y cenizas114

27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales116

28 Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos141

29 Productos químicos orgánicos146

30 Productos farmacéuticos154

31 Abonos158

32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas160

33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética165

34 Jabones, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, «ceras para odontología» y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable167

35 Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula modificados; colas; enzimas169

36 Pólvora y explosivos; artículos de pirotecnia; fósforos (cerillas); aleaciones pirofóricas; materias inflamables171

37 Productos fotográficos o cinematográficos172

38 Productos diversos de las industrias químicas175

39 Plástico y sus manufacturas183

40 Caucho y sus manufacturas190

41 Pieles (excepto la peletería) y cueros193

42 Manufacturas de cuero; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa198

43 Peletería y confecciones de peletería; peletería facticia o artificial200

44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera202

45 Corcho y sus manufacturas209

46 Manufacturas de espartería o cestería211

47 Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos)212

48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón214

49 Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos219

50 Seda220

51 Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin223

52 Algodón225

53 Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel226

54 Filamentos sintéticos o artificiales; tiras y formas similares de materia textil sintética o artificial227

55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas230

56 Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería231

57 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil232

58 Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados233

59 Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil235

60 Tejidos de punto237

61 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto238

62 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto248

63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos256

64 Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos257

65 Sombreros, demás tocados, y sus partes263

66 Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos, fustas, y sus partes264

67 Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello265

68 Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas266

69 Productos cerámicos270

70 Vidrio y sus manufacturas275

71 Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas280

72 Fundición, hierro y acero284

73 Manufacturas de fundición, de hierro o acero293

74 Cobre y sus manufacturas302

75 Níquel y sus manufacturas303

76 Aluminio y sus manufacturas304

78 Plomo y sus manufacturas305

81 Los demás metales comunes; cermets; manufacturas de estas materias306

82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común, partes de estos artículos, de metal común307

83 Manufacturas diversas de metal común309

84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos311

85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos331

86 Vehículos y material para vías férreas o similares, y sus partes; aparatos mecánicos, incluso electromecánicos, de señalización para vías de comunicación357

87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios359

88 Aeronaves, vehículos espaciales, y sus partes368

89 Barcos y demás artefactos flotantes369

90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos370

91 Aparatos de relojería y sus partes376

92 Instrumentos musicales; sus partes y accesorios377

93 Armas, municiones, y sus partes y accesorios378

94 Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas379

95 Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios381

96 Manufacturas diversas387

El Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (2), estableció una nomenclatura, llamada «nomenclatura combinada» o, en forma abreviada, «NC», basada en el Convenio internacional sobre el sistema armonizado de designación y codificación de mercancías (3), llamado «sistema armonizado» o, en forma abreviada, «SA».

El SA se completa con sus correspondientes notas explicativas (NESA), publicadas en francés e inglés y actualizadas por la:

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS Consejo de Cooperación Aduanera (CCA) 30, rue du Marché B-1210 Bruselas

En virtud de lo dispuesto en el artículo 9, apartado 1, letra a), segundo guion, del Reglamento (CEE) no 2658/87, la Comisión adopta las notas explicativas de la nomenclatura combinada (NENC) previo examen por parte de la sección de la nomenclatura arancelaria y estadística del Comité del código aduanero. Si bien las NENC pueden remitir a las notas explicativas del SA, no las sustituyen, debiendo ser consideradas como complementarias y utilizadas conjuntamente con ellas.

La presente versión de las NENC incluye, y la sustituye cuando procede, la publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, hasta el 16 de septiembre de 2014 (4). Las NENC publicadas en el Diario Oficial, serie C, con posterioridad a esa fecha seguirán en vigor y se incorporarán a las NENC cuando éstas se revisen.

Por otra parte, los códigos de las partidas y subpartidas de la NC a las que se hace referencia reflejarán los códigos de la nomenclatura combinada de 2015 tal como se establecen en el Reglamento de Ejecución (UE) no 1101/2014 de la Comisión (5).

Además, en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie C (6), se publicó información sobre las «Directrices relativas a la clasificación en la nomenclatura combinada de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor».

Regla general 5 b) Los envases habitualmente utilizados en la comercialización de bebidas, compotas, mostaza, especias u otras preparaciones similares se clasifican con las mercancías que contengan, incluso cuando sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida.

Regla general 3 1. Los «días laborables» a los que se refiere el artículo 18, apartados 1 y 2, del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo (7)...

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