Notificación a la atención de los interesados a quienes se aplican las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2013/184/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 401/2013 del Consejo relativos a medidas restrictivas aplicables a Myanmar/Birmania

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Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

27.12.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 464/3

Con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento de los interesados la siguiente información:

La base jurídica para esta operación de tratamiento de datos son la Decisión 2013/184/PESC del Consejo (2), modificada por la Decisión (PESC) 2018/2054 del Consejo (3), y el Reglamento (UE) n.o 401/2013 del Consejo (4), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2053 del Consejo (5).

El responsable de esta operación de tratamiento de datos es el Consejo de la Unión Europea, representado por el director general de la Dirección General RELEX (Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil) de la Secretaría General del Consejo, y el servicio que se ocupa de la operación de tratamiento de datos es RELEX.1.C, cuyos datos de contacto son los siguientes:

Consejo de la Unión Europea Secretaría General RELEX.1.C Rue de la Loi/Wetstraat 175 1048 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión 2013/184/PESC, modificada por la Decisión (PESC) 2018/2054, y al Reglamento (UE) n.o 401/2013, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2053.

Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista establecidos en la Decisión 2013/184/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 401/2013.

Entre los datos personales recogidos se incluyen los necesarios para la correcta identificación de la persona de que se trate, la exposición de motivos y cualquier otro dato conexo.

Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión.

Sin perjuicio de las restricciones previstas en el artículo 25 del Reglamento (UE) n.o 2018/1725, se atenderá al ejercicio de los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición)...

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