Notificación a la atención de los interesados a quienes se aplican las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2012/642/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 765/2006 del Consejo relativos a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús
Section | Anuncios |
Issuing Organization | Consejo de la Unión Europea |
26.2.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 73/4
Con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento de los interesados la siguiente información:
La base jurídica para esta operación de tratamiento de datos está constituida por la Decisión 2012/642/PESC del Consejo (2), modificada por la Decisión (PESC) 2019/325 del Consejo (3), y el Reglamento (CE) n.o 765/2006 del Consejo (4).
El responsable de esta operación de tratamiento es el servicio RELEX.1.C de la Dirección General de Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil (RELEX) de la Secretaría General del Consejo (SGC), con la que se puede contactar en la siguiente dirección:
Consejo de la Unión Europea Secretaría General RELEX.1.C Rue de la Loi/Wetstraat 175 1048 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu
Con el delegado de protección de datos de la SGC se puede contactar en la siguiente dirección:
Delegado de protección de datos
data.protection@consilium.europa.eu
El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión 2012/642/PESC, modificada por la Decisión (PESC) 2019/325, y al Reglamento (CE) n.o 765/2006.
Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista establecidos en la Decisión 2012/642/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 765/2006.
Entre los datos personales recogidos se incluyen los datos necesarios para la correcta identificación de la persona de que se trate, la exposición de motivos y cualquier otro dato conexo.
Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión.
Sin perjuicio de las limitaciones previstas en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2018/1725, los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición) se ejercerán con arreglo a lo dispuesto en el...
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