Notificación a la atención de los interesados a quienes se aplican las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2012/642/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 765/2006 del Consejo relativos a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús

SectionSerie C
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

18.2.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 55/4

Con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento de los interesados la siguiente información:

La base jurídica para esta operación de tratamiento de datos está constituida por la Decisión 2012/642/PESC del Consejo (2), modificada por la Decisión (PESC) 2020/214 del Consejo (3), y el Reglamento (CE) n.o 765/2006 del Consejo (4).

El responsable de esta operación de tratamiento es el servicio RELEX.1.C de la Dirección General de Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil (RELEX) de la Secretaría General del Consejo (SGC), con la que se puede contactar en la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea Secretaría General Dirección General de Relaciones Exteriores, Unidad 1C Rue de la Loi/Wetstraat 175 1048 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË

Dirección de Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Con la delegada de protección de datos de la SGC se puede contactar en la siguiente dirección:

Delegada de protección de datos

data.protection@consilium.europa.eu

El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión 2012/642/PESC, modificada por la Decisión (PESC) 2020/214, y al Reglamento (CE) n.o 765/2006.

Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista establecidos en la Decisión 2012/642/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 765/2006.

Entre los datos personales recogidos se incluyen los datos necesarios para la correcta identificación de la persona de que se trate, la exposición de motivos y cualquier otro dato conexo.

Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión.

Sin perjuicio de las limitaciones previstas en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2018/1725, los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición) se ejercerán con arreglo a lo...

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