Notificación relativa a la aplicación provisional del Acuerdo Económico y Comercial Global (AECG) entre Canadá, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra

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16.9.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 238/9

El Acuerdo Económico y Comercial Global (AECG o CETA, por sus siglas en inglés) entre Canadá, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra (1), firmado en Bruselas el 30 de octubre de 2016, se aplicará de forma provisional, con arreglo a su artículo 30.7.3, a partir del 21 de septiembre de 2017. En virtud del artículo 1, apartado 1, de la Decisión del Consejo, de 28 de octubre de 2016, relativa a la aplicación provisional del Acuerdo, la UE aplica provisionalmente el Acuerdo, a la espera de que concluyan los procedimientos necesarios para su celebración, a reserva de los siguientes puntos:

  1. únicamente las siguientes disposiciones del capítulo ocho del Acuerdo (Inversiones) serán aplicadas provisionalmente y solo en la medida en que afecten a la inversión extranjera directa: — artículos 8.1 a 8.8;

    — artículo 8.13;

    — artículo 8.15, salvo su apartado 3; y

    — artículo 8.16;

  2. las siguientes disposiciones del capítulo trece del Acuerdo (Servicios financieros) no serán aplicadas provisionalmente en la medida en que se refieran a inversiones de cartera, protección de inversiones o la solución de diferencias en materia de inversiones entre inversores y Estados: — artículo 13.2, apartados 3 y 4;

    — artículo...

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