97 Objetos de arte, de colección o de antigüedad

3108 ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 15. 4. 98 15. 4. 98 ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 3109

SECCIÓN XXI OBJETOS DE ARTE, DE COLECCIÓN O DE ANTIGÜEDAD CAPÍTULO 97

OBJETOS DE ARTE, DE COLECCIÓN O DE ANTIGÜEDAD Notas 1. Este capítulo no comprende:

  1. los sellos de correos, timbres fiscales, artículos franqueados y análogos, sin obliterar, que tengan o hayan de tener curso legal en el país de destino (capítulo 49);

  2. los lienzos pintados para decorados de teatro, fondos de estudio o usos análogos (partida 5907), salvo que puedan clasificarse en la partida 9706.

  3. las perlas finas o cultivadas y las piedras preciosas o semipreciosas (partidas 7101 a 7103).

    2. En la partida 9702, se consideran 'grabados, estampas y litografías' originales, las pruebas obtenidas directamente en negro o en color de una o varias planchas totalmente realizadas a mano por el artista, cualquiera que sea la técnica o la materia empleada, con exclusión de cualquier procedimiento mecánico o fotomecánico.

    3. No se clasifican en la partida 9703, las esculturas que tengan carácter comercial (por ejemplo: reproducciones en serie, vaciados y obras de artesanales), aunque hayan sido concebidas o creadas por artistas.

  4. Salvo lo dispuesto en las notas 1, 2 y 3, los artículos susceptibles de clasificarse en este capítulo y en otros de la nomenclatura se clasificarán en este capítulo;

  5. los artículos susceptibles de clasificarse en la partida 9706 y en las partidas 9701 a 9705 se clasificarán en las partidas 9701 a 9705.

    5. Los marcos de cuadros, pinturas, dibujos, 'collages' o cuadros similares, de grabados, estampas o litografías se clasifican con ellos cuando sus características y valor estén en relación con el de dichas obras.

    Los marcos cuyas características o valor no guarden relación con los artículos a los que se refiere esta nota, seguirán su propio régimen.

    Código NC Subpartida Taric Designación de la mercancía Unidad suplementaria Observaciones Código Taric Tipo de los derechos Terceros países (S = suspensión) (K = contingente) Tipo de los derechos particulares (S = suspensión, K = contingente, P = límite) Importación Exportación SPG EEA (IS, NO, LI),

    CH, EE, LT, LV, PHC (CZ, HU, PL, SK), BG,

    RO, SI, MK AD, SM, TR CY, FO, IL, LOMAB (LOMA, LOMB),

    MCH (EG, JO, LB, SY), MGB (DZ,

    MA, TN), MT, BCR, XC, XI, YF 1 2 3 4 5a 5b 6 7 8 9 10 11

    9700 00 00 00/80 OBJETOS DE...

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