Objetos de arte o colección y antigüedades

SECCIÓN XXI OBJETOS DE ARTE O COLECCIÓN Y ANTIGÜEDADES CAPÍTULO 97

OBJETOS DE ARTE O COLECCIÓN Y ANTIGÜEDADES Notas 1. Este capítulo no comprende:

  1. a) los sellos (estampillas) de correos, timbres fiscales, enteros postales, demás artículos franqueados y análogos, sin obliterar, que tengan o hayan de tener curso legal en el país de destino (capítulo 49);

    Código NC Subpartida Taric Designación de la mercancía Unidad suplementaria Medidas comerciales Importación Exportación 1 2 3 4 5a 5b 9700 00 00 00/80 OBJETOS DE ARTE, DE COLECCIÓN O DE ANTIGÜEDAD 9701 00 00 00/80 Pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano (excepto los dibujos de la partida 4906 y artículos manufacturados decorados a mano; 'collages' y cuadros similares:

    9701 10 00 00/80 - Cuadros, pinturas y dibujos - PRO-IQ ARX; PRX-IQ (TM490 ); PRXYU (TM493 ) 9701 90 00 00/80 - Los demás - PRO-IQ ARX; PRX-IQ (TM490 ); PRXYU (TM493 ) 9702 00 00 00/80 Grabados, estampas y litografías originales - PRO-IQ ARX; PRX-IQ (TM490 ); PRXYU (TM493 ) 9703 00 00 00/80 Obras originales de estatuaria o de escultura, de cualquier materia - PRO-IQ ARX; PRX-IQ (TM490 ); PRXYU (TM493 ) 9704 00 00 00/80 Sellos de correos, timbres fiscales, marcas postales, sobres primer día, artículos franqueados y análogos, obliterados, o bien sin obliterar que no tengan ni hayan de tener curso legal en el país de destino - PRO-IQ PRX-IQ (TM490 ); PRXYU (TM493 ) 9705 00 00 00/80 Colecciones y especímenes para colecciones de zoología, botánica, mineralogía o anatomía, o que tengan interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o numismático - ALPR; PRO-IQ ARX; PRX-IQ (TM490 ); PRXYU (TM493 ) 9706 00 00 00/80 Antigüedades de edad superior a cien años - PRO-IQ ARX; PRX-IQ (TM490 ); PRXYU (TM493 ) (TM490 ) Las prohibiciones a la exportación no serán aplicables a: - productos destinados estrictamente a fines médicos, previa autorización por la autoridad competente del Estado miembro; productos alimenticios, previa notificación del Comité establecido en virtud de la Resolución 661 (1990) del Consejo de Seguridad; - materiales y suministros de primera necesidad y cualquier otro producto para cuya exportación a Iraq haya sido aprobada por el citado Comité; - piezas y equipo que resulten esenciales para un funcionamiento seguro del sistema de oleoductos Kirkuk-Yumurtalik en Iraq, cuya exportación a Iraq haya sido aprobada en virtud de la...

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