Resolución del Parlamento Europeo con las observaciones que acompañan a la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003, sección I Parlamento Europeo

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO con las observaciones que acompañan a la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003, sección I -Parlamento Europeo EL PARLAMENTO EUROPEO, -- Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003 (1), -- Vistos la cuenta de gestión y el balance financiero relativos al ejercicio 2003 (C6-0015/2005), -- Vistos el Informe anual del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de las instituciones (2), -- Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE (3), -- Vistos el artículo 275 del Tratado CE y el artículo 179 bis del Tratado Euratom, -- Vistos el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (4), y, en particular, sus artículos 145, 146 y 147, -- Visto el artículo 147, apartado 1, del Reglamento financiero de 25 de junio de 2002, conforme al cual todas y cada una de las instituciones han de hacer todo lo posible por dar curso a las observaciones adjuntas a la decisión del Parlamento Europeo sobre aprobación de la gestión presupuestaria, -- Visto el Reglamento financiero, de 21 de diciembre de 1977, aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (5), -- Vistos el artículo 71, el artículo 74, apartado 3, y el anexo V de su Reglamento, -- Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0063/2005),

  1. Considerando que, en el apartado 9.15 de su Informe anual sobre el ejercicio 2003, el Tribunal de Cuentas considera que, por lo que respecta al Parlamento Europeo, 'las operaciones fiscalizadas son en conjunto legales y regulares',

  2. Considerando que el Reglamento financiero de 25 de junio de 2002 y el Reglamento del Parlamento Europeo en su versión modificada el 23 de octubre de 2002, son aplicables a partir del 1 de enero de 2003 por lo que respecta a las normas procedimentales que regulan el procedimiento de aprobación de la gestión,

  3. Considerando que el Reglamento del Parlamento Europeo fue modificado el 23 de octubre de 2002 para establecer que la aprobación de la gestión se concede al Presidente y no al Secretario General,

  4. Considerando que su Resolución de 21 de abril de 2004 sobre la aprobación de la gestión para 2002 (6) debería ser objeto de seguimiento y que se debería evaluar cómo progresa la puesta en práctica de sus recomendaciones,

ESL 196/28 Diario Oficial de la Unión Europea 27.7.2005 (1) DO L 54 de 28.2.2003, p. 1.

(2) DO C 293 de 30.11.2004, p. 1.

(3) DO C 294 de 30.11.2004, p. 99.

(4) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(5) DO L 356 de 31.12.1977, p. 1.

(6) DO L 330 de 4.11.2004, p. 160.

  1. Toma nota de las cifras con que se cierran las cuentas del Parlamento Europeo para el ejercicio 2003, a saber:

    (en EUR) Utilización de los créditos Créditos para el ejercicio 2003 Créditos prorrogados del ejercicio 2002

    Créditos 2003

    Créditos con cargo a ingresos afectados Artículo 9, apartados 1 y 4, del Reglamento financiero (1) Artículo 9, apartados 2 y 5, del Reglamento financiero (1) Créditos disponibles 1 086 644 375 34 878 401 100 300 973 3 302 900

    Compromisos inscritos 1 075 556 058 29 685 828 -- -Pagos efectuados 862 078 203 3 248 540 88 288 685 3 302 900

    Créditos prorrogados a 2004 -- Artículo 9 del Reglamento financiero (2) 213 477 855 -- -- --- Artículo 10 del Reglamento financiero (2) -- 5 192 573 -- -Créditos anulados 11 088 317 -- 12 012 288 -Balance financiero a 31 de diciembre de 2003: 1 407 572 773 (1) Reglamento financiero de 21 de diciembre de 1977.

    (2) Reglamento financiero de 25 de junio de 2002.

  2. Toma nota de que, en 2003, el 98,98 % de los créditos inscritos en el presupuesto del Parlamento se comprometieron con una tasa de anulación del 1,02 % y que, al igual que en años anteriores, se alcanzó un nivel muy elevado de ejecución del presupuesto;

  3. Recuerda, no obstante, y sin cuestionar la política fijada por el Parlamento de adquirir sus edificios en lugar de alquilarlos, que este elevado nivel de ejecución se debe en parte a la práctica constante desde 1992 de transferir remanentes, que se traduce en la transferencia de los créditos disponibles a final de año a las líneas presupuestarias para edificios y, en particular, a los pagos adelantados de capital para reducir los futuros pagos de intereses;

  4. Reconoce que ya se ha concluido la mayor parte del programa de adquisición inmobiliaria del Parlamento, pero insta a las autoridades presupuestarias a que garanticen una previsión presupuestaria óptima y que los importes consignados en el proyecto de presupuesto reflejen las necesidades reales del Parlamento, para no tener que recurrir sistemáticamente a cuantiosas transferencias a partir de líneas presupuestarias ajenas a la política inmobiliaria;

  5. Considera que los reembolsos de capital para los edificios deberían acordarse como parte de la estrategia presupuestaria en una línea aparte, con ocasión del establecimiento del presupuesto en el año N 1;

  6. Estima que debería pedirse a los ordenadores delegados que expliquen en sus informes anuales de actividad las razones de la disponibilidad de créditos en sus respectivas partidas presupuestarias a efectos de transferencia de remanentes;

  7. Toma nota de que en 2003 los ingresos del Parlamento Europeo ascendieron a 98 545 334 EUR (2002: 67 256 006 EUR);

    Presentación y contenido de las cuentas y análisis anejo de la gestión financiera 8. Toma nota de que el análisis de la gestión financiera que forma parte integrante de las cuentas del ejercicio 2003 aporta informaciones útiles sobre los principales acontecimientos financieros del ejercicio objeto de examen, así como un resumen de los informes de actividad de los directores generales;

    ES27.7.2005 Diario Oficial de la Unión Europea L 196/29

  8. Acoge positivamente la publicación, en el sitio Intranet de la DG de Finanzas, del informe sobre gestión presupuestaria y financiera para el ejercicio 2003, así como la propuesta del Secretario General (1) de elaborar cada año un documento sucinto, de fácil consulta e interesante para informar más detalladamente al público sobre la gestión presupuestaria en el Parlamento;

    Seguimiento de la Resolución de aprobación de la gestión para el ejercicio 2002

  9. Agradece al Secretario General que haya trasmitido los informes solicitados en su Resolución de 21 de abril de 2004 sobre la aprobación de la gestión para el ejercicio 2002 con la suficiente antelación con respecto al inicio del siguiente ciclo de aprobación de la gestión;

  10. Recuerda que en el artículo 147, apartado 1, del Reglamento financiero se exige a las instituciones que hagan todo lo posible por dar curso a las observaciones adjuntas a la decisión del Parlamento Europeo sobre aprobación de la gestión presupuestaria; concluye que esta exigencia también ha de aplicarse al propio Parlamento y a fortiori a los órganos que lo componen;

  11. Insiste en que se apliquen los principios de buen gobierno de las empresas a nivel tanto político como administrativo;

    Aplicación del nuevo Reglamento financiero 13. Señala que una buena parte de la actividad de gestión de la Institución en 2003 se centró en proceder a los ajustes que exigían los nuevos requisitos del Reglamento financiero, establecer nuevos sistemas, metodologías y métodos de trabajo, concebir nuevos programas de formación y establecer nuevos ámbitos de responsabilidad; toma nota de que el Tribunal ha elogiado la eficacia del Parlamento a la hora de establecer nuevas estructuras;

  12. Recuerda los principios clave de las reformas financieras emprendidas en 2003, a saber, la descentralización y la asunción por parte de los servicios ordenadores de plenas responsabilidades, por una parte, y el fin de la función centralizada de control financiero así como el establecimiento de un servicio financiero centralizado y de un auditor interno, por otra;

  13. Toma nota de que la experiencia inicial de una estricta aplicación de lo dispuesto en el Reglamento financiero a una institución como el Parlamento, que sólo tiene que gestionar un presupuesto administrativo, parece haber desembocado, en algunos casos, en sistemas y circuitos financieros demasiado complejos;

  14. Opina que, a la vista de lo anterior, es necesario seguir progresando en el desarrollo de un marco de control basado en el establecimiento de objetivos, la identificación de los riesgos con respecto al logro de dichos objetivos y el desarrollo de controles sobre dichos riesgos; recomienda que las autoridades del Parlamento pongan de manifiesto y solventen todas las deficiencias en la próxima revisión del Reglamento financiero;

  15. Recuerda que, en diciembre de 2002, el Parlamento aprobó los documentos básicos necesarios para la ejecución del nuevo Reglamento financiero, entre los que figuran las nuevas Normas internas para la ejecución del presupuesto, las cartas que rigen la actividad de los servicios de auditoría interna, de los ordenadores de pagos y del contable, normas mínimas de control interno y un código específico de normas profesionales para el personal encargado de la verificación ex ante, y que además adaptó el sistema informático utilizado para la gestión de los ingresos y gastos presupuestarios (Finord) a las nuevas normas;

  16. Toma nota, no obstante, de la...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT