Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Consejo relativo al Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (COM(2003) 808 final 2003/0311 (CNS))

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la 'Propuesta de Reglamento del Consejo relativo al Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías' (COM(2003) 808 final -- 2003/0311 (CNS)) (2005/C 120/15) El 23 de septiembre de 2004, de conformidad con el artículo 152 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta mencionada.

El Comité Económico y Social Europeo decidió designar ponente general al Sr. OLSSON.

En su 412o Pleno de los días 27 y 28 de octubre de 2004 (sesión del 27 de octubre), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 159 votos a favor, ningún voto en contra y 1 abstención el presente Dictamen.

  1. Síntesis de la propuesta de Reglamento 1.1 La Comisión propone una refundición del Reglamento (CEE) no 302/93 del Consejo de 8 de febrero de 1993 por el que se crea un Observatorio europeo de la droga y las toxicomanías, que se ha modificado en tres ocasiones. Resulta necesario introducir nuevas modificaciones, y en aras de la claridad se ha considerado conveniente refundir el Reglamento.

    1.2 Entre los cambios propuestos se encuentran los siguientes:

    -- modificaciones destinadas a reforzar el papel del Observatorio. Se trata, en particular, de la atención a las nuevas prácticas de consumo de droga, sobre todo por parte de los jóvenes, quienes tienden cada vez más a combinar el consumo de sustancias ilegales con el de sustancias legales como el alcohol, y de la elaboración por el Observatorio de indicadores que permitan evaluar las políticas y estrategias en materia de droga aplicadas en la Unión Europea;

    -- modificaciones destinadas a adaptar el método de funcionamiento de los órganos del OEDT en vista de la ampliación.

    Se prevé crear una oficina que asista al Consejo de Administración. Por otra parte, se propone revisar la composición del Comité científico del Observatorio.

    -- modificaciones destinadas a clarificar ciertos aspectos imprecisos que han salido a la luz con la aplicación del Reglamento inicial. Se trata, en particular, de la mención de los puntos focales REITOX en lugar de los centros especializados.

  2. Observaciones generales 2.1 El Comité Económico y Social Europeo lamenta el breve plazo que le ha impuesto el Consejo para la elaboración de un dictamen sobre una propuesta de Reglamento presentada por la Comisión en diciembre de 2003.

    2.2 El objetivo del Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (OEDT)...

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