Asunto C-508/09: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 3 de marzo de 2011 — Comisión Europea/República Italiana (Incumplimiento de Estado — Conservación de las aves silvestres — Directiva 79/409/CEE — Excepciones al régimen de protección de las aves silvestres)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 130/7

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 3 de marzo de 2011 - Comisión Europea/República Italiana

(Asunto C-508/09) ( 1 )

(Incumplimiento de Estado - Conservación de las aves silvestres - Directiva 79/409/CEE - Excepciones al régimen de protección de las aves silvestres)

(2011/C 130/11)

Lengua de procedimiento: italiano

Comisión Europea (representantes: D. Recchia y

República Italiana (representantes: G. Palmieri y G. Fiengo, agentes, S. Fiorentino, avvocato dello Stato)

Incumplimiento de Estado - Infracción del artículo 9 de la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres (DO L 103, p. 1) - Excepciones - Región de Cerdeña.

Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones le incumben en virtud del artículo 9 de la Directiva

79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, al adoptar y aplicar la Región de Cerdeña una normativa relativa a la autorización de las excepciones al régimen de protección de las aves silvestres que no cumple los requisitos contemplados en el artículo 9 de dicha Directiva.

Condenar en costas a la República Italiana.

) DO C 24, de 30.1.2010.

Demandada: Reino de Bélgica (representantes: M. Jacobs y T. Materne, agentes)

Objeto

Incumplimiento de Estado - Transposición incorrecta del artículo 31 de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva «servicio universal») (DO L 108, p. 51) - Requisitos para la concesión del régimen de radio y teledifusión denominado «must carry» - Objetivos de interés general que permiten la concesión de dicho régimen - Impacto del número de usuarios finales de las redes de comunicación en la concesión de dicho régimen - Principio de proporcionalidad.

Fallo

1) Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de las disposiciones de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal) y del artículo 56 TFUE al no transponer correctamente el artículo 31 de dicha Directiva.

2) Condenar en costas al...

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