Informe sobre el control de la eficacia operativa de la gestión del Banco Central Europeo en el ejercicio 2008: Sistemas y procedimientos establecidos por el BCE con el fin de garantizar la gestión de las actividades de sus unidades de gestión, acompañado de las respuestas del Banco Central Europeo

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 159/1

IV

(Información)

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

TRIBUNAL DE CUENTAS

Informe sobre el control de la eficacia operativa de la gestión del Banco Central Europeo en el ejercicio 2008: Sistemas y procedimientos establecidos por el BCE con el fin de garantizar la gestión de las actividades de sus unidades de gestión, acompañado de las respuestas del Banco Central

Europeo

(2010/C 159/01)

ÍNDICE

Abreviaturas

Introducción 1-5

Alcance y enfoque de la fiscalización 6-9

Observaciones 10-48

¿Planificaban las unidades de gestión sus actividades adecuadamente? 10-25

Planificación estratégica/plurianual 11-15

Planes anuales/programas de trabajo 16-19

Proceso de planificación anual 20-22

Planificación de los recursos 23-25

¿Efectuaban las unidades de gestión un seguimiento apropiado de sus actividades? 26-37

Seguimiento interno 27-31

Presentación de informes al Comité Ejecutivo 32-33

Indicadores clave de resultados 34-37

¿Informaban las unidades de gestión sobre sus actividades y evaluaban sus resultados? 38-48

Evaluación de los resultados anuales 43-45

Evaluación del valor añadido y del impacto 46-48

Conclusiones y recomendaciones 49-55

¿Planificaron adecuadamente sus actividades las unidades de gestión? 49-51

¿Efectuaban las unidades de gestión un seguimiento apropiado de sus actividades? 52-53

¿Informaban las unidades de gestión sobre sus actividades y evaluaban sus resultados? 54-55

Anexo I Descripción de las unidades de gestión examinadas por el Tribunal de Cuentas Europeo
Anexo II Resumen de los criterios de fiscalización específicos y de la evaluación relativa a cada unidad de gestión examinada

Apartado

ES Diario Oficial de la Unión Europea 18.6.2010

ABREVIATURAS

BCE Banco Central Europeo

BCN Bancos centrales nacionales

BCO División de Presupuestos, Control y Organización (perteneciente a la DG-H)

BUCOM Comité presupuestario (Comité SEBC)

D-CO Dirección de Comunicación

DG-E Dirección General de Economía

DG-H Dirección General de Recursos Humanos, Presupuesto y Organización

DG-I Dirección General de Relaciones Internacionales y Europeas

DG-R Dirección General de Estudios

DG-S Dirección General de Estadística

DG-SL Dirección General de Secretaría y Servicios Lingüísticos

EMO División de Modelización Econométrica (perteneciente a la DG-R)

FIP División de Políticas Fiscales (perteneciente a la DG-E)

FIR División de Estudios Financieros (perteneciente a la DG-R)

ICR Indicador clave de resultados

PDO Proyecto de desarrollo organizativo

PMP Programa a medio plazo

RCC Comité de coordinación de la investigación (Research Coordination Committee)

SEBC Sistema Europeo de Bancos Centrales

STC Comité de estadística (Statistics Committee)

T2S Programa TARGET2-Títulos (Target 2 Securities programme)

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 159/3

INTRODUCCIÓN
  1. El Banco Central Europeo (en lo sucesivo, el BCE o «el banco») y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros de la UE componen el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC). El objetivo principal del SEBC es mantener la estabilidad de precios, aunque también respalda las políticas económicas generales de la Unión para contribuir a la realización de los objetivos de esta ( 1

    ). Con este fin, el BCE ejerce las funciones previstas en sus Estatutos ( 2 ) y se encarga de gestionar sus finanzas y actividades.

  2. La fiscalización por el Tribunal de la eficacia operativa del BCE se basa en el artículo 27, apartado 2, del Protocolo sobre los Estatutos del SEBC y del BCE ( 3

    ). El control abarcó los sistemas y procedimientos establecidos por el BCE para la gestión de las actividades de sus unidades de gestión correspondientes al ejercicio 2008, incluida la planificación de las actividades de 2009.

  3. Los órganos decisorios del BCE son el Consejo de Gobierno y el Comité Ejecutivo ( 4 ). Este último

    ejecuta la política monetaria con arreglo a las orientaciones y decisiones adoptadas por el Consejo de Gobierno ( 5

    ) y asume la responsabilidad global de la gestión de las actividades corrientes del BCE y de sus recursos.

  4. El BCE está compuesto de 18 unidades de gestión, 15 de las cuales son direcciones o direcciones generales situadas bajo «la dirección del Comité Ejecutivo» ( 6 ). Cada unidad de gestión depende de un miembro de dicho Comité.

  5. La autoridad presupuestaria del BCE recae en su Consejo de Gobierno que aprueba el presupuesto anual del BCE previa propuesta del Comité Ejecutivo ( 7

    ). La Dirección General de Recursos Humanos, Presupuesto y Organización controla la ejecución presupuestaria, y facilita asesoramiento y apoyo a las unidades de gestión para permitirles administrar sus recursos con eficacia y eficiencia.

    ALCANCE Y ENFOQUE DE LA FISCALIZACIÓN

  6. En el caso del BCE se ha adoptado un enfoque de fiscalización por rotación en virtud del cual cada año son objeto de examen diferentes ámbitos de gestión. La fiscalización del Tribunal relativa al ejercicio 2008 perseguía principalmente evaluar, mediante la formulación de las tres preguntas de auditoría citadas a continuación, si el BCE había establecido los sistemas y procedimientos necesarios para la gestión de las actividades de sus unidades de gestión:

    - ¿Planificaban las unidades de gestión sus actividades adecuadamente?

    - ¿Efectuaban las unidades de gestión un seguimiento apropiado de sus actividades?

    - ¿Informaban las unidades de gestión sobre sus actividades y evaluaban sus resultados?

  7. La evaluación del Tribunal se centró en los sistemas y procedimientos establecidos para el banco en su conjunto, así como en los dispositivos específicos que habían creado e implantado las unidades de gestión examinadas. Tras constatar, durante la fiscalización, las buenas prácticas adoptadas por una unidad de gestión, el Tribunal se sirvió de ellas para evaluar los sistemas y procedimientos de gestión aplicados en otras. La fiscalización no evaluó los resultados del BCE en su conjunto ni de las actividades de las unidades de gestión.

    ( 1 ) Artículo 127, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. ( 2 ) Los Estatutos del SEBC y del BCE se contienen en un protocolo anexo al Tratado. ( 3 ) El artículo 27, apartado 2, dispone lo siguiente: «Las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea solo se aplicarán a un examen de la eficacia operativa de la gestión del BCE». Las disposiciones institucionales relativas al Banco Central Europeo figuran en los artículos 282 a 284 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

    ( 4 ) Artículo 9, apartado 3, del Protocolo sobre los Estatutos del SEBC y del BCE. El Consejo de Gobierno está formado por los seis miembros del Comité Ejecutivo y por los gobernadores de los bancos centrales nacionales de los países de la zona del euro. El Comité Ejecutivo está compuesto del presidente, el vicepresidente y otros cuatro miembros.

    ( 5 ) Artículo 12, apartado 1, del Protocolo sobre los Estatutos del SEBC y del BCE. ( 6 ) Artículo 10, apartado 2, de la Decisión del Banco Central Europeo, de 19 de febrero de 2004, por la que se adopta el reglamento interno del Banco Central Europeo (BCE/2004/2) (DO L 80 de 18.3.2004, p. 33).

    ( 7 ) Artículo 15, apartado 1, de la Decisión del Banco Central Europeo, de 19 de febrero de 2004, por la que se adopta el reglamento interno del Banco Central Europeo.

    ES Diario Oficial de la Unión Europea 18.6.2010

  8. De las 15 unidades de gestión que consisten en direcciones o direcciones generales, se seleccionaron seis para la fiscalización (véase el recuadro 1) ( 1

    ). Esta selección se basó en los criterios siguientes: i) naturaleza de las actividades, ii) importe del presupuesto y recursos humanos, y iii) ámbitos de apoyo y operativos ( 2 ). El anexo I presenta una breve descripción de cada unidad de gestión seleccionada.

    Recuadro 1 - Unidades de gestión objeto de la fiscalización

    i) Dirección de Comunicación (D-CO),

    ii) Dirección General de Economía (DG-E),

    iii) Dirección General de Relaciones Internacionales y Europeas (DG-I),

    iv) Dirección General de Secretaría y Servicios Lingüísticos (DG-SL),

    v) Dirección General de Estadística (DG-S),

    vi) Dirección General de Estudios (DG-R)

  9. En el anexo II figura un resumen de los criterios de fiscalización específicos y de la evaluación relativa a cada unidad de gestión examinada.

    OBSERVACIONES

    ¿Planificaban las unidades de gestión sus actividades adecuadamente?

  10. Con el propósito de evaluar la adecuación de los sistemas y procedimientos establecidos por el BCE a fin de permitir a las unidades de gestión la planificación de sus actividades, el Tribunal examinó si:

    - se había elaborado una planificación estratégica/plurianual que indicara claramente los fines estratégicos y las prioridades plurianuales,

    - se habían establecido planes anuales/programas de trabajo que definieran con precisión los objetivos y las actividades anuales,

    - se habían considerado, durante el proceso de planificación, las necesidades y expectativas de las partes interesadas y se habían priorizado adecuadamente los objetivos y actividades,

    - se habían tenido en cuenta, durante el proceso de planificación, los recursos necesarios para la consecución de los objetivos fijados, así como las actividades seleccionadas.

    Planificación estratégica/plurianual

  11. Para lograr optimizar la utilización de los recursos del BCE, debería elaborarse una planificación estratégica/plurianual con el propósito de definir los fines y las prioridades plurianuales del banco, integrando las respuestas a un entorno cambiante y garantizando que todos los componentes de la organización obren hacia la obtención de una visión...

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