Recomendación del Consejo de 25 de abril de 2002 sobre la necesidad de reforzar la cooperación e intercambio de información entre las distintas unidades operativas especializadas en la lucha contra el tráfico de precursores en los Estados miembros de la Unión Europea

SectionRecomendación
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO de 25 de abril de 2002 sobre la necesidad de reforzar la cooperación e intercambio de información entre las distintas unidades operativas especializadas en la lucha contra el tráfico de precursores en los Estados miembros de la Unión Europea (2002/C 114/02) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Teniendo en cuenta:

-- La Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas de 20 de diciembre de 1988;

-- La Estrategia europea sobre drogas (2000-2004), aprobada en el Consejo Europeo de Helsinki de diciembre de 1999;

-- El Plan de acción de la Unión Europea sobre drogas (2000-2004), aprobado en el Consejo Europeo de Santa Maria da Feira de junio de 2000;

-- Las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Tampere de los días 15 y 16 de octubre de 1999;

-- La Declaración política de la sesión especial de la asamblea general de Naciones Unidas (Seagnu) sobre la lucha conjunta contra el problema mundial de la droga, celebrada en Nueva York del 8 al 10 de junio de 1998,

Considerando que:

(1) Por precursores se entienden aquellas sustancias recogidas en las listas de la Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas de 20 de diciembre de 1988 y contempladas en el Reglamento (CEE) no 3677/90 (1) y en la Directiva 92/109/CEE (2).

(2) La Comunidad Europea ha aprobado la legislación interna para evitar, en la medida de lo posible, el desvío de precursores, estableciendo medidas administrativas de control y supervisión sobre la fabricación y comercialización de precursores dentro de la Comunidad, así como en el comercio de precursores entre la Comunidad y terceros países.

(3) Existe cada vez una mayor conciencia internacional sobre la necesidad de luchar contra las conductas delictivas tendentes a desviar precursores químicos del mercado legal con la finalidad de elaborar drogas ilícitas, abordando, cuando sea necesario desde un punto de vista operativo de aplicación de la ley, la especialidad de este tipo de investigaciones.

(4) Cada día es más importante reforzar las capacidades de las respectivas autoridades operativas de los Estados miembros encargadas de la lucha contra la desviación ilícita de precursores.

(5) La cooperación internacional se muestra como uno de los elementos más importantes en la lucha contra el desvío y el tráfico ilícitos de precursores químicos. Las operaciones Purple y Topaz, dos programas...

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