Reglamento (CE) nº 1787/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, que modifica el Reglamento (CE) nº 1255/1999 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

REGLAMENTO (CE) No 1787/2003 DEL CONSEJO de 29 de septiembre de 2003 que modifica el Reglamento (CE) no 1255/1999 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 37,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 0000/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establece una tasa en el sector de la leche y de los productos lácteos (2), crea un régimen de tasa en el mercado de la leche y de los productos lácteos con el objetivo de reducir el desequilibrio entre la oferta y la demanda de estos productos y los consiguientes excedentes estructurales. Ese régimen se aplicará durante once períodos consecutivos de doce meses a partir del 1 de abril de 2004.

(2) A fin de fomentarel consumo de leche y productos lácteos en la Comunidad y mejorar la competitividad de estos productos en el mercado internacional, procede reducir el nivel del apoyo al mercado, especialmente mediante la reducción gradual, a partir del 1 de julio de 2004, de los precios de intervención de la mantequilla y de la leche desnatada en polvo fijados por el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo (3). Con ese mismo fin,

resulta oportuno modificar los niveles relativos del precio de intervención de esos dos productos.

(3) El precio indicativo, constituido en particular por los precios de intervención de la mantequilla y de la leche desnatada en polvo, sirve como indicación para el nivel de apoyo; puesto que en la actualidad la intervención para ambos productos se aplica únicamente para una cantidad máxima y durante un periodo limitado del año,

procede suprimir el precio indicativo.

(4) Con objeto de evitar que la intervención se utilice masivamente como salida artificial de la mantequilla, es conveniente fijar la cantidad máxima de este producto que será posible comprar en régimen de intervención.

(5) Las ayudas directas a la renta de los productores de leche han sido modificadas y fijadas mediante el Reglamento (CE) no 1782/2003, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y por el que se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores (4),

por lo...

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