Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Directiva del Consejo relativa a la limitación de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los aviones de reacción subsónicos civiles»

SectionDirective
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

10.7.98 ES C 214/9Diario Oficial de las Comunidades Europeas 3.9. Arti¥culo 2 imprevisible. Por tanto, la fecha [enero de 1998] debe sustituirse por:

3.9.1. Esta propuesta se basa en el procedimiento de cooperacio¥n que es siempre largo y de duracio¥n 'x meses despuÈs de la adopcio¥n de la Directiva'.

Bruselas, el 29 de abril de 1998.

El Presidente del ComitÈ Econo¥mico y Social Tom JENKINS Dictamen del ComitÈ Econo¥mico y Social sobre la 'Propuesta de Directiva del Consejo relativa a la limitacio¥n de las emisiones de o¥xidos de nitro¥geno de los aviones de reaccio¥n subso¥nicos civiles' (98/C 214/03) El 13 de febrero de 1998, de conformidad con el arti¥culo 84(2) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidio¥ consultar al ComitÈ Econo¥mico y Social sobre la propuesta mencionada.

La Seccio¥n de Medio Ambiente, Sanidad y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobo¥ su dictamen el 31 de marzo de 1998 (ponente: Sr. Gafo Ferna¥ndez, coponentes: Sra. Stro®m y Sr. Tsirimokos).

En su 354o Pleno (sesio¥n del 29 de abril de 1998), el ComitÈ Econo¥mico y Social ha aprobado por 119 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones el presente Dictamen.

  1. Introduccio¥n 1.4. La citada prohibicio¥n so¥lo se aplica a los aviones registrados en algu¥n pai¥s de la Unio¥n Europea, por lo que no afecta al tra¥fico de aviones que, procedentes de 1.1. La presente propuesta de Directiva pretende terceros pai¥ses y registrados en ellos, sobrevuelen o amortiguar el crecimiento de las emisiones de NOx hagan escala en la UE.

de los aviones a reaccio¥n subso¥nicos, tratando de compensar el fuerte aumento previsto del tra¥fico aÈreo 1.5. La citada propuesta recoge y apoya la resolucio¥nen los pro¥ximos an~os con una mayor eficiencia de de la tercera reunio¥n del ComitÈ sobre la proteccio¥n delemisiones por parte de los nuevos motores que equipen medio ambiente y la aviacio¥n (CAEP/3), el cual formaa los aviones que operen en la Unio¥n Europea.

parte de la Organizacio¥n de Aviacio¥n Civil Internacional (OACI).

1.2. Para ello se establecen unos nuevos li¥mites de emisio¥n de NOx de los motores, que toman en cuenta dos niveles diferenciados de potencia. Paralelamente, se 2. Observaciones generales establece la prohibicio¥n de que en los Estados miembros se permita el registro de aviones equipados con motores que no cumplan lo previsto en la Directiva. 2.1. El ComitÈ aprueba la presente propuesta de Directiva, que debe contribuir...

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