P8_TA(2016)0394 Estados miembros que sufren, o corren el riesgo de sufrir, graves dificultades en relación con su estabilidad financiera ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 25 de octubre de 2016, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 1303/2013 en lo que se refiere a una serie de disposiciones relativas a la gestión financiera para determinados Estados miembros que sufren, o corren el riesgo de sufrir, graves dificultades en relación con su estabilidad financiera (COM(2016)0418 — C8-0238/2016 — 2016/0193(COD)) P8_TC1-COD(2016)0193 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 25 de octubre de 2016 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2016/… del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 1303/2013 en lo que se refiere a determinadas disposiciones relativas a la gestión financiera para determinados Estados miembros que sufren, o corren el riesgo de...

SectionResolución legislativa
Issuing OrganizationParlamento Europeo

19.6.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 215/269

El Parlamento Europeo,

— Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2016)0418),

— Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 177 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0238/2016),

— Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 21 de septiembre de 2016 (1),

— Previa consulta al Comité de las Regiones,

— Vista la carta de la Comisión de Presupuestos,

— Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 21 de septiembre de 2016, de aprobar la Posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el artículo 59 de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Desarrollo Regional (A8-0292/2016),

  1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

  2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

  3. Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) Pendiente de publicación en el Diario Oficial.

(Dado que el Parlamento Europeo y el...

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