P8_TA(2017)0363Medidas de gestión, conservación y control aplicables en la zona del Convenio de la CICAA ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo, de 3 de octubre de 2017, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las medidas de gestión, conservación y control aplicables en la zona del Convenio de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA) y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1936/2001, (CE) n.o 1984/2003 y (CE) n.o 520/2007 del Consejo (COM(2016)0401 — C8-0224/2016 — 2016/0187(COD))P8_TC1-COD(2016)0187Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 3 de octubre de 2017 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2017/… del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen medidas de gestión, conservación y control aplicables en la zona del Convenio de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA), y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1936/2001, ...

SectionResolución legislativa
Issuing OrganizationParlamento Europeo

27.9.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 346/236

El Parlamento Europeo,

— Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2016)0401),

— Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 43, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0224/2016),

— Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 19 de octubre de 2016 (1),

— Vistos el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 69 septies, apartado 4, del Reglamento interno, y el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 14 de junio de 2017, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el artículo 59 de su Reglamento interno,

— Vistos el informe de la Comisión de Pesca y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A8-0173/2017),

  1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

  2. Aprueba su declaración, que se adjunta a la presente Resolución;

  3. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;

  4. Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) DO C 34 de 2.2.2017, p. 142.

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, el Reglamento (UE) 2017/2107.)

El Parlamento Europeo expresa su más profunda preocupación por la propuesta de la Comisión de implementar, en 2017, las Recomendaciones de la CICAA de 2008 debido a que ello significa que, durante casi 10 años, la Unión no ha cumplido sus obligaciones internacionales.

Además de ser impugnable ante el Tribunal de Justicia y de los perjuicios para la reputación de la Unión como líder en materia de sostenibilidad en foros internacionales, el hecho de que las instituciones vayan a adoptar unas Recomendaciones de la CICAA que han quedado obsoletas (concretamente, la relativa al pez espada del Mediterráneo, una especie representativa para la que la CICAA adoptó un plan de recuperación plurianual el año pasado) provoca inseguridad...

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