Reglamento (CE) nº 1934/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1726/2000 relativo a la cooperación al desarrollo con Sudáfrica

SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

I

(Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad)

REGLAMENTO (CE) No 1934/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 27 de octubre de 2004, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1726/2000 relativo a la cooperación al desarrollo con Sudáfrica

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 179,

Vista la propuesta de la Comisión,

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (1),

Considerando lo siguiente:

(1) Conforme al Reglamento (CE) no 1726/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativo a la cooperación al desarrollo con Sudáfrica (2), la Comisión deberá presentar al Parlamento Europeo y al Consejo una revisión intermedia para el 31 de octubre de 2003 a más tardar. Sobre la base de esa revisión intermedia se ha sugerido efectuar ciertas modificaciones al Reglamento (CE) no1726/2000.

(2) La revisión intermedia debe incluir sugerencias y propuestas de mejora de la aplicación de la cooperación al desarrollo con Sudáfrica, algunas de las cuales se recogían ya en el documento de estrategia por países de 2002 y se incluyeron en el programa indicativo 2003-2005, referidas, inter alia, a la integración de la dimensión de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los niveles del ciclo del proyecto, desde la planificación a la ejecución, la racionalización de los procedimientos administrativos, la mejora de los criterios de evaluación de la concepción de los proyectos y programas, así como la clarificación de las condiciones para la concesión de créditos con cargo al programa europeo de reconstrucción y desarrollo (PERD) en favor de programas regionales.

(3) De conformidad con el Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (3), es posible suministrar financiación a la República de Sudáfrica con un apoyo presupuestario directo. No obstante, el Reglamento (CE) no 1726/2000 podría interpretarse en el sentido de que excluye el apoyo presupuestario no directo. Por otra parte, el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (4), incluye en el título IV de su segunda parte disposiciones específicas para las 'acciones exteriores'. Procede, pues, armonizar el Reglamento (CE) no 1726/2000 con el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 y con el Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE,

Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (5).

(4) Con vistas a la ejecución del PERD, y en especial la del programa indicativo plurianual de 2000-2002, deberá ajustarse el Reglamento (CE) no 1726/2000, especialmente en...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT