2005/865/CE:Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2005, relativa al patrimonio cinematográfico y la competitividad de las actividades industriales relacionadas

SectionRecomendación
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

II (Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad) PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO RECOMENDACIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 16 de noviembre de 2005 relativa al patrimonio cinematográfico y la competitividad de las actividades industriales relacionadas (2005/865/CE) EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 157,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (2),

Previa consulta al Comité de las Regiones,

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (3 ),

Considerando lo siguiente:

(1) En el artículo 151, apartado 4, del Tratado se establece que la Comunidad tendrá en cuenta los aspectos culturales en su actuación en virtud de otras disposiciones del Tratado, en particular a fin de respetar y fomentar la diversidad de sus culturas.

(2) La cinematografía es una forma artística apoyada en un soporte frágil, por lo que para garantizar su conservación se requiere una acción positiva por parte de las autoridades públicas. Las obras cinematográficas constituyen un aspecto esencial de nuestro patrimonio cultural y, por lo tanto, merecen gozar de plena protección.

(3) Además de su valor cultural, las obras cinematográficas son una fuente de información histórica sobre la sociedad europea, y un testigo fundamental para la historia de la riqueza de las identidades culturales de Europa y de la diversidad de sus gentes. Las imágenes cinematográficas son un elemento esencial de aprendizaje sobre el pasado y de reflexión cívica sobre nuestra civilización.

(4) La presente Recomendación tiene por objeto promover una mejor explotación del potencial industrial y cultural del patrimonio cinematográfico europeo mediante el fomento de las políticas de innovación, investigación y desarrollo tecnológico en el ámbito de la conservación y restauración de las obras cinematográficas. El objetivo de las medidas que se recomiendan a continuación es asegurar que se dan las condiciones necesarias para la competitividad de la industria cinematográfica europea y para acelerar el desarrollo de dicha competitividad.

(5) El patrimonio cinematográfico es un importante elemento de la industria cinematográfica y el fomento de su conservación, restauración y explotación puede contribuir a mejorar la competitividad de esta industria.

(6) El desarrollo de la industria cinematográfica europea es de vital importancia para Europa dado su considerable potencial por lo que respecta al acceso a la cultura, al desarrollo económico y a la creación de empleo. Esto no es aplicable sólo a la producción y proyección de películas, sino también a la recopilación, catalogación, conservación y restauración de obras cinematográficas.

Las condiciones necesarias para la competitividad de las actividades industriales relacionadas con el patrimonio cinematográfico deben mejorarse, especialmente en lo que se refiere a un mejor uso de los progresos tecnológicos, como por ejemplo la digitalización.

9.12.2005 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 323/57 (1 ) DO C 123 de 30.4.2004, p. 4.

(2) DO C 74 de 23.3.2005, p. 18.

(3 ) Dictamen del Parlamento Europeo de 10 de mayo de 2005 (no publicado aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 24 de octubre de 2005.

(7) El pleno desarrollo de este potencial requiere la existencia en la Comunidad de una industria cinematográfica próspera e innovadora. A ello puede contribuir la mejora de las condiciones de conservación, restauración y explotación del patrimonio cinematográfico, así como la eliminación de los obstáculos al desarrollo y a la plena competitividad de la industria, en particular mediante la recopilación, catalogación, conservación y restauración del patrimonio cinematográfico y facilitando su acceso para usos pedagógicos, culturales y de investigación, así como otros usos similares no comerciales, respetando en todos los casos los derechos de autor y derechos afines.

(8) La competitividad general de la industria cinematográfica podrá mejorar con el desarrollo de un entorno que favorezca la cooperación entre los organismos designados, como son los archivos europeos, nacionales o regionales, y los institutos cinematográficos o similares, sobre las...

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