E-2702/98 de Marie-Paule Kestelijn-Sierens a la ComisiónAsunto: Contratistas

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta del Sr. de Silguy en nombre de la Comisión (6 de octubre de 1998) En todos los Estados miembros existen mecanismos para evitar el blanqueo del producto de actividades delictivas a través del sistema financiero. Estos mecanismos se basan, en particular, en la Directiva 91/308/ CEE del Consejo, de 10 de noviembre de 1991, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales (1 ). Actualmente, la Directiva prohibe únicamente el blanqueo de dinero resultante del tráfico de droga. Todos los Estados miembros, en cambio, persiguen el blanqueo de capitales procedentes de una gama más amplia de actividades delictivas. La Comisión examina ahora la actualización y extensión del objeto de la Directiva.

Las obligaciones emanadas de la Directiva seguirán plenamente de aplicación en el paso al euro y valdrán para las operaciones de cambio en euros de los billetes y monedas nacionales. La Comisión espera que los bancos mantengan su vigilancia habitual durante el período que precederá a la introducción de las monedas y billetes en euro y durante el período de cambio, con el fin de detectar cualquier transacción sospechosa. La Comisión prosigue su reflexión sobre las implicaciones de la introducción del euro para la lucha contra el blanqueo de capitales, y se acordó debatir el asunto en el Comité de contacto establecido en aplicación de dicha Directiva.

(1) DO L 166 de 28.6.1991.

(1999/C 118/150) PREGUNTA ESCRITA E-2702/98 de Marie-Paule Kestelijn-Sierens (ELDR) a la Comisión (1 de septiembre de 1998) Asunto: Contratistas ¿Puede la Administración de un Estado miembro de la Unión Europea exigir que un contratista que sea residente de otro Estado miembro se registre ante las instancias oficiales antes de que pueda ejercer sus actividades? Respuesta del Sr. Monti en nombre de la Comisión (27 de octubre de 1998) Conviene distinguir dos situaciones. En la primera, el empresario extranjero desea ejercer...

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