2001/C 120 E/18Propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la utilización del régimen de perfeccionamiento activo para la gestión de determinados mercados agrícolas [COM(2000) 868 final 2000/0349(CNS)]

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

Propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la utilización del rØgimen de perfeccionamiento activo para la gestión de determinados mercados agrícolas (2001/C 120 E/18) COM(2000) 868 final 2000/0349(CNS) (Presentada por la Comisión el 22 de diciembre de 2000) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 37,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

(1) El rØgimen de perfeccionamiento activo de los productos agrícolas debe contribuir a proporcionar a las industrias agroalimentarias unas condiciones duraderas y equitativas de competitividad frente a los terceros países y, al mismo tiempo, permitir preservar los mercados de los productos agrícolas comunitarios.

(2) El artículo 32 del Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización comoen de mercados en el sector de la leche y de los productos lÆcteos (1), y las disposiciones equivalentes de los demÆs Reglamentos del Consejo por los que se establecen organizaciones comunes de mercados disponen que, en casos especiales, el Consejo puede excluir total o parcialmente la utilización del rØgimen de perfeccionamiento activo, pronunciÆndose por mayoría cualificada y a propuesta de la Comisión.

(3) La preservación de los mercados de los productos agrícolas comunitarios debe realizarse con arreglo a las normas que se derivan del Acuerdo sobre agricultura de la Organización Mundial del Comercio; por consiguiente, requiere una buena gestión de los diferentes mecanismos de exportación posibles. Esta buena gestión puede necesitar sin embargo que se adopten medidas rÆpidas de gestión para limitar o suspender provisionalmente el rØgimen de perfeccionamiento activo.

(4) Por otra parte, con objeto de que las empresas agroalimentarias estØn duraderamente en condiciones de competir con los terceros países y se mantenga un clima que propicie las inversiones y la creación de empleo es necesario que el funcionamiento del rØgimen de perfeccionamiento activo sea flexible para que los agentes económicos tengan garantías de visibilidad y de seguridad de los abastecimientos. Por ello, el rØgimen de perfeccionamiento activo de los productos agrícolas debe permitir que se tomen medidas rÆpidas para que los agentes económicos puedan pasar sin dificultades de una fuente de...

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