Asunto C-367/11: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Bélgica) el 11 de julio de 2011 — Déborah Prete/Office national de l’emploi

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 24.9.2011

Cuestión prejudicial

¿Es conforme con el Derecho comunitario una disposición de Derecho nacional que impone una reducción de indemnización, en función de la respectiva culpa de los implicados en un accidente acaecido en noviembre de 2006 entre una bicicleta y un vehículo ligero de pasajeros cubierto por el seguro obligatorio, aun cuando la culpa derivada de la conducción de la bicicleta sea inferior al 20 % del total?

Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de Pequena Instância Cível de Lisboa (Portugal) el 8 de julio de 2011 - João Nuno Esteves Coelho dos Santos/TAP

Portugal

(Asunto C-365/11)

(2011/C 282/18)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal de Pequena Instância Cível de Lisboa

Partes en el procedimiento principal

João Nuno Esteves Coelho dos Santos

TAP Portugal

Cuestión prejudicial

A la luz de la sentencia del Tribunal de Justicia de 19 de de 2009 (asuntos acumulados C-402/07 y

1

) que consideró que los artículos 5, 6 y 7 del

o 261/2004 ( 2

) deben interpretarse en el sentido de que los pasajeros de los vuelos retrasados pueden equipararse a los pasajeros de los vuelos cancelados a los efectos de la aplicación del derecho a compensación cuando soportan, en relación con el vuelo que sufre el retraso, una pérdida de tiempo superior a tres horas ¿deben interpretarse o no dichos artículos de la misma forma en el caso de un vuelo que, habiendo salido a la hora prevista del lugar de partida, sufrió un retraso de tres horas y cincuenta y cinco minutos en el aeropuerto en que hizo escala hasta que pudo reemprender el vuelo, porque la compañía aérea correspondiente decidió efectuar un cambio de aparato por motivos operativos y resultó que el aparato que vino a sustituir al anterior ya estaba averiado antes de que se realizara la escala, por lo que fue precisa una intervención técnica, de modo que el vuelo llegó a su destino con el mencionado retraso de tres horas y cincuenta y cinco minutos?

) DO C 24, de 30.1.2010, p. 4. ) Reglamento (CE) n o 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n o 295/91 (DO L 46,

Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Bélgica) el 11 de julio de 2011 -...

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