Reglamento (CE) nº 1143/2009 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2009, por el que se aprueban modificaciones que no son de menor importancia del pliego de condiciones de una denominación inscrita en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Picodon de l’Ardèche o Picodon de la Drôme (DOP)]

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 312/14 Diario Oficial de la Unión Europea 27.11.2009

ES

REGLAMENTO (CE) N o 1143/2009 DE LA COMISIÓN

de 26 de noviembre de 2009

por el que se aprueban modificaciones que no son de menor importancia del pliego de condiciones de una denominación inscrita en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de

Indicaciones Geográficas Protegidas [Picodon de l'Ardèche o Picodon de la Drôme (DOP)]

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

( 1 ), y, en particular, su artículo 7, apartado 4, párrafo primero,

Considerando lo siguiente

(1) De conformidad con el artículo 9, apartado 1, párrafo primero, y en aplicación del artículo 17, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 510/2006, la Comisión ha examinado la solicitud de Francia con vistas a la aprobación de modificaciones del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Picodon de l'Ardèche o Picodon de la Drôme», registrada en virtud del Reglamento (CE) n o 1107/96 de la Comisión

( 2

).

(2) La solicitud de modificación se refiere, entre otras cosas, a la modificación de la denominación del producto «Picodon de l'Ardèche o Picodon de la Drôme» que pasa a denominarse «Picodon». Se trata de una denominación tradicional que, con arreglo al artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 510/2006, se considera una denominación de origen y satisface las mismas condiciones previstas para la denominación de origen protegida. El nombre Picodon corresponde a la forma abreviada, usual y utilizada tradicionalmente en el comercio y en el len guaje corriente para designar el producto obtenido con arreglo al pliego de condiciones.

(3) Las modificaciones aportadas se refieren también a precisiones sobre la definición y las prácticas utilizadas por los productores en la elaboración del producto. Su inclusión formal en el pliego de condiciones tiene como finalidad preservar la denominación contra posibles derivas y caracterizar aún más el producto, reforzando el vínculo con el origen. Por último, se ha actualizado el nombre del Decreto nacional que protege la denominación.

(4) Al tratarse de modificaciones que no se consideran de menor importancia, en el sentido del artículo 9 del Reglamento (CE) n o 510/2006, la...

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