Propuesta de Decisión del Consejo sobre la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas para la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan para el período del 28 de febrero de 1998 al 27 del febrero de 2001 las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera establecidas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica ...

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

II (Actos jur dicos preparatorios) COMISI N Propuesta de Decisi n del Consejo sobre la celebraci n del Acuerdo en forma de Canje de Notas para la aplicaci n provisional del Protocolo por el que se fijan para el per odo del 28 de febrero de 1998 al 27 del febrero de 2001 las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera establecidas en el Acuerdo entre la Comunidad Econ mica Europea y la Rep blica Federal Isl mica de las Comoras relativo a la pesca frente a las costas de las Comoras (98/C 245/05) COM(1998) 264 final -- 98/0144(CNS) (Presentada por la Comisi n el 7 de mayo de 1998) EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Acuerdo entre la Comunidad Econ mica Europea y la Rep blica Federal Isl mica de las Comoras relativo a la pesca frente las costas de las Comoras, y en particular, su art culo 12 ( ),

Vista la propuesta de la Comisi n,

Considerando que, de conformidad con el art culo 12 del citado Acuerdo, la Comunidad Europea y la Rep blica Federal Isl mica de las Comoras han celebrado negociaciones para decidir las modificaciones o complementos que deban introducirse en dicho Acuerdo al t rmino del per odo de aplicaci n del Protocolo adjunto al mismo;

Considerando que, como resultado de esas negociaciones, se ha rubricado un nuevo Protocolo el 27 de febrero de 1998;

Considerando que, en virtud de ese Protocolo, los pescadores comunitarios conservan durante el per odo del 28 de febrero de 1998 al 27 de febrero de 2001 posibilidades de pesca en las aguas que dependen de la soberan a o la jurisdicci n de la Rep blica Federal Isl mica de las Comoras;

Considerando que, para que los buques de la Comunidad puedan reanudar r pidamente las actividades pesqueras, es imprescindible que el nuevo Protocolo se aplique cuanto antes; que, por este motivo, las dos Partes han rubricado un Acuerdo en forma de Canje de Notas sobre la aplicaci n provisional, a partir del 28 de febrero de 1998:

Considerando que, sin perjuicio de la adopci n de una decisi n definitiva en el marco del art culo 43 del Tratado, procede aprobar ahora ese Acuerdo en forma de Canje de Notas;

Considerando que la distribuci n de las posibilidades de pesca entre los Estados miembros debe basarse en el reparto tradicional de las mismas establecido en el Acuerdo de pesca,

DECIDE:

Art culo 1

Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de Canje de Notas para la...

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