Posición Común 2003/468/PESC del Consejo, de 23 de junio de 2003, sobre el control del corretaje de armas

SectionPosición Común
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

POSICIÓN COMÚN 2003/468/PESC DEL CONSEJO de 23 de junio de 2003 sobre el control del corretaje de armas EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 15,

Considerando lo siguiente:

(1)Al aplicar el Código de Conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas, los Estados miembros acordaron abordar el problema del control del corretaje de armas.

(2) Los Estados miembros prosiguieron y profundizaron sus debates sobre las actividades de tráfico y corretaje de armas y alcanzaron un acuerdo sobre un conjunto de disposiciones para controlar estas actividades a través de la legislación nacional, según se establece a continuación.

(3) La mayoría de los Estados miembros ya cuentan con legislación nacional al respecto o la están adoptando.

(4) En el Cuarto informe anual con arreglo a la disposición operativa no 8 del Código de Conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas, los Estados miembros acordaron continuar las deliberaciones en materia de corretaje de armas basándose en las directrices ya aprobadas, con objeto de adoptar una Posición Común al respecto.

(5) En el Arreglo de Wassenaar, los Estados participantes aprobaron una Declaración de Entendimiento para estudiar la...

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