Posición común, de 30 de marzo de 1998, definida por el Consejo sobre la base del artículo J.2 del Tratado de la Unión Europea, sobre Rwanda

SectionPosición Común
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

L 108/1ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas7.4.98 (Actos adoptados en aplicación del título V del Tratado de la Unión Europea) POSICIÓN COMÚN de 30 de marzo de 1998 definida por el Consejo sobre la base del artículo J.2 del Tratado de la Unión Europea, sobre Rwanda (98/252/PESC) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo J.2,

Considerando que en la Posición común 94/697/PESC, de 24 de octubre de 1994, adoptada sobre la base del artículo J.2 del Tratado de la Unión Europea, el Consejo definió los objetivos y las prioridades de la Unión Europea en relación con Rwanda (1 );

Considerando que mediante la Acción común 96/250/ PESC, de 25 de marzo de 1996, adoptada por el Consejo sobre la base del artículo J.3 del Tratado de la Unión Europea, se nombró a un enviado especial para la región de los Grandes Lagos de África (2 );

Considerando que, teniendo en cuenta los acontecimientos sucedidos en Rwanda desde 1994, debe adaptarse la Posición común 94/697/PESC,

HA DEFINIDO LA PRESENTE POSICIÓN COMÚN:

Artículo 1

Los objetivos y prioridades de la Unión Europea en sus relaciones con Rwanda consisten en alentar, estimular y respaldar el proceso iniciado por el Gobierno de Rwanda en lo referente:

-- a la recuperación tras el genocidio, (1 ) DO L 283 de 29.10.1994, p. 1.

(2 ) DO L 87 de 4.4.1996, p. 1.

-- al fomento de la reconciliación nacional, la reconstrucción y el desarrollo y la transición a la democracia, -- a la protección y el fomento de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.

Artículo 2

La Unión Europea afirma que el progreso en dichos ámbitos es, en primer lugar, responsabilidad del Gobierno de Rwanda. Para respaldar los esfuerzos de e´ste, la Unión Europea, incluso a trave´s de la mediación de su enviado especial a la región de los Grandes Lagos:

-- intentará hallar formas de ayudar a poner fin a la prosecución del conflicto desestabilizador, entre otros medios respaldando los trabajos de la Comisión Internacional de Investigación (Rwanda), y a todas las violaciones de los derechos humanos que son el resultado de dicho conflicto;

-- alentará y respaldará los esfuerzos del Gobierno de Rwanda destinados a proteger y fomentar los derechos humanos de todos los ciudadanos de Rwanda, tambie´n mediante una estrecha asociación con la Operación para los Derechos Humanos en...

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