Asunto C-372/11 P: Recurso de casación interpuesto el 14 de julio de 2011 por Power-One Italy SpA contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 24 de mayo de 2011 en el asunto T-489/08, Power-One Italy SpA/Comisión Europea

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 24.9.2011

Cuestión prejudicial

¿Puede la administración tributaria nacional excluir la aplicación del artículo 4, apartado 1, de la Directiva 90/435/CEE del Consejo, de 23 de julio de 1990, ( 1 ) relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes, en virtud de la disposición de dicho artículo, que no es aplicable en el caso de liquidación de la sociedad filial, invocando una disposición de Derecho interno (en el presente asunto, el artículo 210 del WIB 92) que equipara una fusión por absorción, en la que en realidad no se procede a la liquidación de la sociedad filial, a una fusión en la que sí se liquida la sociedad filial?

) DO L 225, p. 6.

Recurso de casación interpuesto el 14 de julio de 2011 por

Italy SpA contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 24 de mayo de 2011 en el asunto T-489/08, Power-One Italy SpA/Comisión Europea

(Asunto C-372/11 P)

(2011/C 282/23)

Lengua de procedimiento: italiano

Power-One Italy SpA (representantes: A. Giussani y R. Giuffrida, abogados)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

- Que se anule el auto del Tribunal General (Sala Sexta) dictado en al asunto T-489/08 el 24 de mayo de 2011 y, en consecuencia:

Que se determine y se declare que la Comisión Europea infringió los artículos 10, apartado 2, del Reglamento n o 1655/2000, ( 1 ) y 14 NAS, ( 2

) y violó el principio general del Derecho sobre la confianza legítima.

Que se determine y se declare, en la medida en que lo permita el estado de los hechos, la relación de causalidad existente entre el comportamiento de la Comisión y los daños sufridos y que aún sufre Power One y, por consiguiente, se condene a la Unión, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 268 TFUE (anteriormente artículo 235 CE), a indemnizar a Power One Italy SpA por todos los daños sufridos, cuantificados en 2 876 188,99 EUR, es decir, el coste que supuso el proyecto PNEUMA, según se desprende de la documentación adjunta al recurso y que en cualquier caso ya obraba en poder de la Comisión, alegada en juicio.

- Que se condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de casación, la recurrente aduce, en primer lugar, la violación del principio general del Derecho

sobre la confianza legítima y una motivación insuficiente y contradictoria de la afirmación según la cual se utilizó un cauce procesal improcedente.

En el apartado 47 del auto...

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