95/570/CE: Decisión del Consejo, del 18 de diciembre de 1995, referente a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República del Perú relativo a los precursores y sustancias químicas utilizados con frecuencia en la fabricación ilícita de estupefacientes o de sustancias sicotrópicas
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DECISIÓN DEL CONSEJO
del 18 de diciembre de 1995
referente a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República del Perú relativo a los precursores y sustancias químicas utilizados con frecuencia en la fabricación ilícita de estupefacientes o de sustancias sicotrópicas
(95/570/CE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113 en relación con la primera frase del apartado 2 del artículo 228, y el apartado 4 del artículo 228,
Vista la Recomendación de la Comisión,
Considerando que, el 25 de septiembre de 1995, el Consejo autorizó a la Comisión para negociar, en nombre de la Comunidad, acuerdos relativos al control de precursores y sustancias químicas con los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos, y prioritariamente con los países miembros del Acuerdo de Cartagena; que basándose en esta autorización, la Comisión concluyó las negociaciones con la República del Perú el 13 de noviembre de 1995;
Considerando que es conveniente que se apruebe el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República del Perú relativo a los precursores y sustancias químicas utilizados con frecuencia en la fabricación ilícita de estupefacientes o de sustancias sicotrópicas;
Considerando que conviene que el Consejo autorice a la Comisión, mediante consultas con un comité especial nombrado por el Consejo, a aprobar modificaciones en nombre de la Comunidad en los supuestos en los que el Acuerdo prevé que sean adoptadas por el Grupo mixto de seguimiento; que esta autorización se limitará a la modificación de los Anexos del Acuerdo siempre que se refiera a sustancias ya reguladas por la legislación comunitaria sobre precursores y sustancias químicas,
DECIDE
Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República del Perú relativo a los precursores y sustancias químicas utilizados con frecuencia en la fabricación ilícita de estupefacientes o de sustancias sicotrópicas.
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo.
El Presidente del Consejo, en nombre de la Comunidad, procederá al depósito del instrumento previsto en el artículo 12 del Acuerdo (1).
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La Comunidad estará representada en el...
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