Sentencia del Tribunal de Justicia de 4 de julio de 2000 en el asunto C-62/98: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Portuguesa ['Incumplimiento de Estado Reglamento (CEE) nº 4055/86 Libre prestación de servicios Transporte marítimo Artículo 234 del Tratado CE (actualmente artículo 307 CE, tras su modificación)']

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

21.10.2000 ES C 302/7Diario Oficial de las Comunidades Europeas posee ningu¥n ti¥tulo de los enumerados en el arti¥culo 3 de la de conformidad con el citado Reglamento, el Tribunal de Justicia, integrado por los Sres.: G. C. Rodri¥guez Iglesias,Directiva 78/686/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1978, sobre reconocimiento reci¥proco de los diplomas, certificados y Presidente; J. C. Moitinho de Almeida, D. A. O. Edward (Ponente), L. Sevo¥n y R. Schintgen, Presidentes de Sala; C. Gul-otros ti¥tulos de odonto¥logo, que contiene adema¥s medidas destinadas a facilitar el ejercicio efectivo del derecho de mann, J.-P. Puissochet, G. Hirsch, P. Jann, H. Ragnemalm y M. Wathelet, Jueces; Abogado General: Sr. J. Mischo; Secretario:establecimiento y de libre prestacio¥n de servicios, al requisito de que dicho odonto¥logo posea los conocimientos ling¸i¥sticos Sr. H. von Holstein, Secretario adjunto, ha dictado el 4 de julio de 2000 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:necesarios para ejercer su profesio¥n en el Estado miembro de establecimiento.

1) Se declara que la Repu¥blica Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los arti¥culos 3 y 4, (1) DO C 41 de 7.2.1998. apartado 1, del Reglamento (CEE) no 4055/86 del Consejo, de 22 de diciembre de 1986, relativo a la aplicacio¥n del principio de libre prestacio¥n de servicios al transporte mari¥timo entre Estados miembros y entre Estados miembros y pai¥ses terceros, al no haber denunciado ni adaptado el Acuerdo sobre marina mercante celebrado con la Repu¥blica de Angola, a fin de permitir un acceso justo, libre y no discriminatorio de los ciudadanos de la Comunidad a los repartos de cargamentos destinados a la Repu¥blica Portuguesa, de conformidad con el SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA citado Reglamento.

de 4 de julio de 2000 2) Se condena en costas a la Repu¥blica Portuguesa.

en el asunto C-62/98: Comisio¥ n de las Comunidades (1) DO C 151, de 16.5.1998.

Europeas contra Repu¥blica Portuguesa(1) ['Incumplimiento de Estado -- Reglamento (CEE) no 4055/86 -- Libre prestacio¥n de servicios -- Transporte mari¥timo -- Arti¥culo 234 del Tratado CE (actualmente arti¥culo 307 CE, tras su modificacio¥n)'] SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (2000/C 302/12) de 4 de julio de 2000 (Lengua de procedimiento: portuguÈs) en el asunto C-84/98: Comisio¥ n de las Comunidades Europeas contra Repu¥blica Portuguesa(1) (Traduccio¥n provisional; la traduccio¥n definitiva se publicara¥ en la...

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