Aprobación definitiva del presupuesto rectificativo nº 6 de la Unión Europea para el ejercicio 2013

SectionPresupuesto

10.1.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 6/1

I

(Actos legislativos)

PRESUPUESTOS

PARLAMENTO EUROPEO

APROBACIÓN DEFINITIVA

del presupuesto rectificativo nº 6 de la Unión Europea para el ejercicio 2013

(2014/1/UE, Euratom)

EL PRESIDENTE DEL PARLAMENTO EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 314, apartado 4, letra a), y apartado 9,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 106 bis,

Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n ° 1605/2002 del Consejo

(1)

,

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera

(2)

,

Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2013, aprobado definitivamente el 12 de diciembre de 2012

(3)

,

Visto el proyecto de presupuesto rectificativo nº 6 de la Unión Europea para el ejercicio 2013, aprobado por la Comisión el 10 de julio de 2013,

Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 6/2013, aprobada por el Consejo el 21 de octubre de 2013,

Vistos los artículos 75 ter y 75 sexies del Reglamento del Parlamento Europeo,

Vista la aprobación de la Posición del Consejo por parte del Parlamento el 24 de octubre de 2013,

(1) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

(2) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

(3) DO L 66 de 8.3.2013.

L 6/2 ES Diario Oficial de la Unión Europea 10.1.2014

DECLARA:

Artículo único

El procedimiento previsto en el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ha concluido y el presupuesto rectificativo nº 6

de la Unión Europea para el ejercicio 2013 ha sido definitivamente aprobado.

Hecho en Estrasburgo, el 24 de octubre de 2013.

El Presidente

M. SCHULZ

10.1.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 6/3

PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N.º 6 PARA EL EJERCICIO 2013

SUMARIO

Página

ESTADO GENERAL DE INGRESOS

A. Financiación del presupuesto general . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . 5

B. Estado general de los ingresos por línea presupuestaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

- Ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

- Título 1: Recursos propios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . 18

- Título 3: Excedentes, saldos y ajustes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32

- Título 6: Contribuciones y restituciones relativas a acuerdos y programas de la Unión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35

- Título 7: Intereses de demora y multas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38

ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN

Sección III: Comisión 41

- Ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42

- Título 6: Contribuciones y restituciones relativas a acuerdos y programas de la Unión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43

- Título 7: Intereses de demora y multas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46

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A. FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL

FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL

Créditos a financiar, en el ejercicio 2013, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1 de la Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas

GASTOS Descripción Presupuesto 2013 (1) Presupuesto 2012 (2) Variación (%) 1. Crecimiento sostenible 65 745 055 888 60 287 086 467 + 9,05 2. Conservación y gestión de los recursos naturales 57 882 716 075 58 044 868 674 - 0,28 3. Ciudadanía, libertad, seguridad y justicia 1 665 028 144 2 182 532 099 - 23,71 4. La UE como actor global 6 727 745 950 6 966 011 071 - 3,42 5. Administración 8 430 049 740 8 277 736 996 + 1,84 6. Compensaciones 75 000 000 p.m. - Total de gastos (3) 140 525 595 797 135 758 235 307 + 3,51

(1) Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto de 2013 (DO L 66 de 8.3.2013, p. 1) más los presupuestos rectificativos nº 1 a 6/2013.

(2) Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto de 2012 (DO L 56 de 29.2.2012, p. 1), más los presupuestos rectificativos nº 1 a 6/2012.

(3) El artículo 310, apartado 1, párrafo tercero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea dice: «El presupuesto deberá estar equilibrado en cuanto a ingresos y gastos».

L 6/6 ES Diario Oficial de la Unión Europea 10.1.2014

INGRESOS Descripción Presupuesto 2013 (1) Presupuesto 2012 (2) Variación (%) Ingresos diversos (títulos 4 a 9) 3 067 967 007 5 109 219 138 - 39,95 Excedente disponible del ejercicio anterior (capítulo 3 0, artículo 3 0 0) 1 023 276 526 1 496 968 014 - 31,64 Excedente de recursos propios resultante de la transferencia del excedente del Fondo de Garantía relativo a acciones exteriores (capítulo 3 0, artículo 3 0 2) 34 000 000 p.m. - Saldos de recursos propios procedentes del IVA y de recursos propios PNB/RNB relativo a ejercicios anteriores (capítulos 3 1 y 3 2) p.m. 497 328 000 - Total de ingresos de los títulos 3 a 9 4 125 243 533 7 103 515 152 - 41,93 Importe neto de los derechos de aduana y de las cotizaciones por el azúcar (capítulos 1 1 y 1 2) 14 822 700 000 16 824 200 000 - 11,90 Recurso propio «IVA» al tipo uniforme (cuadros 1 y 2, capítulo 1 3) 14 680 052 250 14 546 298 300 + 0,92 Resto a financiar con el recurso complementario (recurso propio RNB, cuadro 3, capítulo 1 4) 106 897 600 014 97 284 221 855 + 9,88 Créditos que deberán financiarse con los recursos propios a que se refiere el artículo 2 de la Decisión 2007/436/CE, Euratom (3) 136 400 352 264 128 654 720 155 + 6,02 Total de los ingresos (4) 140 525 595 797 135 758 235 307 + 3,51

(1) Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto de 2013 (DO L 66 de 8.3.2013, p. 1) más los presupuestos rectificativos nº 1 a 6/2013.

(2) Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto de 2012 (DO L 56 de 29.2.2012, p. 1), más los presupuestos rectificativos nº 1 a 6/2012.

(3) Los recursos propios para el presupuesto de 2013 se determinan sobre la base de las previsiones presupuestarias adoptadas el 16 de mayo de 2013, en la reunión nº 157 del Comité Consultivo de Recursos Propios.

(4) El artículo 310, apartado 1, párrafo tercero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea dice: «El presupuesto deberá estar equilibrado en cuanto a ingresos y gastos».

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CUADRO 1

Cálculo de la nivelación de las bases armonizadas del impuesto sobre el valor...

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