Decisión del Consejo, de 17 de julio de 2006, que modifica la Decisión 1999/468/CE por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DEL CONSEJO de 17 de julio de 2006 que modifica la Decisión 1999/468/CE por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (2006/512/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular el tercer guión de su artículo 202,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1) El Consejo adoptó la Decisión 1999/468/CE, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (2), en la que se supedita dicho ejercicio a un número limitado de procedimientos.

(2) Conviene modificar la mencionada Decisión con el fin de introducir en ella un nuevo tipo de procedimiento para el ejercicio de las competencias de ejecución, el procedimiento de reglamentación con control, que permita al legislador oponerse a la adopción de un proyecto de medidas cuando indique que excede de las competencias de ejecución previstas en el acto de base, o que el proyecto no es compatible con el objetivo o el contenido de dicho acto, o no respeta los principios de subsidiariedad o de proporcionalidad.

(3) Es necesario aplicar el nuevo procedimiento de reglamentación con control para las medidas de alcance general cuyo objeto sea modificar elementos no esenciales de un acto de base adoptado con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 251 del Tratado, incluso suprimiendo algunos de esos elementos, o completando el acto mediante la adición de nuevos elementos no esenciales.

(4) En el mismo marco, conviene garantizar una mayor información del Parlamento Europeo sobre los trabajos de los comités.

DECIDE:

Artículo 1

La Decisión 1999/468/CE queda modificada del siguiente modo:

1) Al final del considerando 5 se añaden los términos siguientes: 'con excepción de los que regulan el procedimiento de reglamentación con control'.

2) Tras el considerando 7, se añade el considerando siguiente:

'(7 bis) Es necesario aplicar el procedimiento de reglamentación con control para las medidas de alcance general que tengan por objeto modificar elementos no esenciales de un acto adoptado con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado, incluso suprimiendo algunos de esos elementos, o completando el acto mediante la adición de nuevos elementos no esenciales. Dicho procedimiento debe ofrecer a las dos ramas de la autoridad legislativa la posibilidad de efectuar un control previo a la adopción de tales medidas. Los elementos esenciales de un acto legislativo...

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