Reglamento (CE) nº 1521/2001 de la Comisión, de 25 de julio de 2001, por el que se determina la proporción en que podrán aceptarse las solicitudes de derechos de importación, presentadas en julio de 2001, correspondientes a los contingentes arancelarios de carne de vacuno establecidos por el Reglamento (CE) nº 1216/2001 para Lituania, Letonia y...

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 26.7.2001L 201/20

REGLAMENTO (CE) No 1521/2001 DE LA COMISI”N de 25 de julio de 2001 por el que se determina la proporciÛn en que podr·n aceptarse las solicitudes de derechos de importaciÛn, presentadas en julio de 2001, correspondientes a los contingentes arancelarios de carne de vacuno establecidos por el Reglamento (CE) no 1216/2001 para Lituania, Letonia y Estonia LA COMISI”N DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1216/2001 de la ComisiÛn, de 20 de junio de 2001, por el que se establecen las disposiciones de aplicaciÛn de los contingentes arancelarios de carne de vacuno originaria de Estonia, Letonia y Lituania para el perÌodo comprendido entre el 1 de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002 (1), y, en particular, el apartado 3 de su artÌculo 3,

Considerando lo siguiente:

En el apartado 1 del artÌculo 1 del Reglamento (CE) no 1216/ 2001 se fijan las cantidades de carne de vacuno fresca, refrigerada o congelada, originaria de Lituania, de Letonia y de Estonia, y de productos transformados originarios de Letonia que pueden importarse en condiciones especiales con cargo al perÌodo comprendido entre el 1 de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002. No se han presentado certificados de importaciÛn de carne de vacuno y productos transformados.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

ArtÌculo 1

No fue presentada ninguna solicitud de derecho de importaciÛn con cargo al perÌodo...

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