Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)COM(2005) 467 final 2005/0203 (COD)

SectionDictamen
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la 'Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año europeo del diálogo intercultural (2008)' COM(2005) 467 final -- 2005/0203 (COD) (2006/C 185/09) El 16 de noviembre de 2005, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta mencionada.

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su Dictamen el 20 de marzo de 2006 (ponente: Sra. CSER).

En su 426o Pleno de los días 20 y 21 de abril de 2006 (sesión del 20 de abril de 2006), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 79 votos a favor, 39 en contra y 10 abstenciones el presente Dictamen.

  1. Síntesis del documento de la Comisión La propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y el Consejo presentada por la Comisión Europea (COM(2005) 467 final) tiene por objeto declarar 2008 'Año europeo del diálogo intercultural'.

    La propuesta se inscribe en el marco de la estrategia presentada por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, que, a través de la proclamación del Año europeo, contribuye a la creación de la ciudadanía europea teniendo en cuenta los principales objetivos estratégicos comunes, elevando a escala comunitaria el reconocimiento y la adopción de los derechos humanos y promoviendo la cooperación nacional, regional y local.

    El diálogo intercultural debe considerarse como un instrumento destinado a facilitar el logro de distintos objetivos de importancia estratégica para la UE. Además de la cooperación nacional, regional y local, se apoya el fomento del diálogo en toda la Unión, en el marco de la política europea de vecindad, entre los distintos grupos sociales, económicos y profesionales, así como entre los individuos.

    1.1 Objetivos generales de la propuesta Los objetivos generales de la propuesta son los siguientes:

    -- promover el diálogo intercultural como instrumento que ayuda a los ciudadanos europeos, y a todos los que residen en la Unión Europea de forma permanente o temporal, a adquirir los conocimientos, las competencias y las aptitudes que les permitan desenvolverse en un entorno más abierto, aunque también más complejo, y superar las posibles dificultades que les impidan aprovechar las oportunidades que les ofrece una sociedad dinámica y pluralista, no sólo en Europa, sino también en el resto del mundo;

    -- sensibilizar a los ciudadanos europeos, y a todos los que viven en la Unión, ante la importancia de desarrollar una ciudadanía europea activa y abierta al mundo, respetuosa de la diversidad cultural y basada en los valores comunes de la Unión Europea de respeto a la dignidad humana, la libertad, la igualdad, la no discriminación, la solidaridad, los principios de democracia y el Estado de Derecho, y en el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías.

    1.2 Objetivos específicos de la propuesta Los objetivos específicos del diálogo intercultural que plantea la propuesta consistirán en:

    -- aumentar la visibilidad de todos los programas y acciones de la Comunidad que contribuyan al diálogo intercultural;

    -- poner de relieve la aportación de nuestros diferentes patrimonios culturales a nuestro modo de vida; sensibilizar a los ciudadanos europeos y a los que viven en la Unión Europea, en particular a los jóvenes, de la importancia de buscar medios para, a través del diálogo intercultural, alcanzar una ciudadanía europea activa y abierta al mundo, respetuosa de la diversidad cultural y fundada en los valores comunes de la Unión Europea;

    -- contribuir a la innovación y a la dimensión horizontal e intersectorial de las iniciativas destinadas a promover el diálogo intercultural, en particular ante los jóvenes.

  2. Observaciones generales 2.1 El Comité expresa su satisfacción por el hecho de que el concepto de 'ciudadanía europea activa' mencionado en la propuesta de Decisión no se refiera solamente a los ciudadanos de la Unión Europea conforme al artículo 17 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, sino a todas las personas que residan de forma permanente o temporal en la Unión Europea.

    2.2 El Comité valora positivamente que la propuesta de Decisión también persiga reforzar la cooperación con terceros países por medio del diálogo intercultural.

    8.8.2006C 185/42 Diario Oficial de la Unión EuropeaES

    2.3...

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