Dictamen del Comité Económico y Social sobre la 'Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre evaluación y gestión del ruido ambiental'

SectionDirective
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

C 116/48 ES 20.4.2001Diario Oficial de las Comunidades Europeas en caso de amenaza inminente para la salud humana o el confirma en particular la postura que habi¥a defendido en su dictamen en la materia(2), a saber, que toda medida debemedio ambiente. Con el fin de evitar la adopcio¥n de medidas y el suministro de informaciones que podri¥an causar un pa¥nico empezar con una evaluacio¥n objetiva de los riesgos, determinando en cada etapa, en la mayor medida posible, el grado deinoportuno e injustificado, o suscitar medidas arbitrarias, el ComitÈ sugiere que se haga referencia a la Comunicacio¥n de la incertidumbre cienti¥fica.

Comisio¥n sobre el recurso al principio de precaucio¥n(1) y (2) Punto 6 del Dictamen del CES sobre 'El recurso al principio de precaucio¥n', DO C 268 de 19.9.2000, p. 9.(1) COM(2000) 1 final de 2.2.2000.

Bruselas, 29 de noviembre de 2000.

El Presidente del ComitÈ Econo¥mico y Social Gˆke FRERICHS Dictamen del ComitÈ Econo¥ mico y Social sobre la 'Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre evaluacio¥n y gestio¥ n del ruido ambiental' (2001/C 116/10) El 10 de octubre de 2000, de conformidad con el arti¥culo 175 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisio¥n decidio¥ consultar al ComitÈ Econo¥mico y Social sobre la propuesta mencionada.

La Seccio¥n de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobo¥ su dictamen el 15 de noviembre de 2000 (ponente: Sr. Gafo Ferna¥ndez).

En su 377o Pleno (sesio¥n del 29 de noviembre de 2000), el ComitÈ Econo¥mico y Social ha aprobado por 110 votos a favor, 1 voto en contra y 2 abstenciones el presente dictamen.

  1. Introduccio¥ n 1.3. En el Libro Verde de 1996 de poli¥tica de lucha contra el ruido se detecto¥ que la situacio¥n era insatisfactoria y por ello la actual propuesta trata de actuar sobre tres ejes bien definidos:

    1.1. La presente propuesta de directiva trata de crear un -- Armonizacio¥n, en el a¥mbito comunitario, de los indicado-sistema armonizado de medicio¥n, evaluacio¥n e informacio¥n a res de ruido y de los mÈtodos de evaluacio¥n de su impactola poblacio¥n, en los diferentes Estados miembros, acerca del ambiental.llamado 'ruido ambiental', es decir aquel que es percibido por los ciudadanos en sus lugares habituales de residencia y que no responde a un foco de ruido individualizado, sino al -- Establecer, sobre la base de los datos anteriores, 'mapasconjunto de focos emisores que se encuentran en su proxide ruido' consecuentemente armonizados en cuanto a sumidad.

    metodologi¥a.

    -- Establecer criterios de informacio¥n al pu¥blico.

    1.2. Hasta estos momentos, el enfoque normativo de control de ruido se centraba en determinar los niveles ma¥ximos de emisio¥n de ruido de una serie de productos industriales (tales como automo¥viles, motocicletas, aeronaves, segadoras de jardi¥n o maquinaria de obras pu¥blicas) y su enfoque 1.4. Por tanto, aunque la propuesta de directiva no va a fijar normas unitarias o armonizadas de ruido, ya que unarespondi¥a tanto a criterios de mercado interior (armonizacio¥n para evitar obsta¥culos al comercio) como a una lucha delibe- mayori¥a de los Estados miembros ya han fijado niveles nacionales, si¥ permitira¥ que llegue una informacio¥n comparadarada para reducir el efecto dan~ino sobre ciudadanos o trabajadores. al ciudadano comunitario.

    20.4.2001 ES C 116/49Diario Oficial de las Comunidades Europeas 1.5. El enfoque adoptado se centra por tanto en establecer sensibilizacio¥n tanto de los problemas que el llamado 'ruido ambiente' esta¥ creando sobre la salud de las...

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