Convocatoria de propuestas IX-2011/01 — «Subvenciones para los partidos políticos a escala europea»
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Issuing Organization | Parlamento Europeo |
ES Diario Oficial de la Unión Europea 24.6.2010
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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
PARLAMENTO EUROPEO
Convocatoria de propuestas IX-2011/01 - «Subvenciones para los partidos políticos a escala europea»
(2010/C 164/06)
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OBJETIVOS PERSEGUIDOS
1.1. Contexto
El artículo 191 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea señala que los partidos políticos a escala europea constituyen un importante factor para la integración en la Unión y que contribuyen a la formación de la conciencia europea y a expresar la voluntad política de los ciudadanos de la Unión. En este contexto, el Reglamento (CE) n o 2004/2003 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 4 de noviembre de 2003 ( 1 ), define las normas relativas al estatuto y la financiación de los partidos políticos a escala europea. Este Reglamento prevé en particular una contribución económica anual del Parlamento Europeo, en forma de subvención de funcionamiento, a los partidos políticos que lo soliciten y que respeten las condiciones establecidas en dicho Reglamento.
1.2. Objeto de la convocatoria de propuestas
El artículo 2 de la Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo, de 29 de marzo de 2004, en la que se establecen las normas de ejecución del Reglamento (CE) n o 2004/2003 ( 2 ) dispone que «el Parlamento Europeo publicará cada año, antes del final del primer semestre, una convocatoria de propuestas con vistas a la concesión de la subvención para la financiación de los partidos o fundaciones ». La presente convocatoria de propuestas se refiere a las solicitudes de subvenciones para el ejercicio 2011 y cubre el período de actividad comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2011.
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CRITERIOS Y JUSTIFICANTES
2.1. Admisibilidad
Se tendrán en cuenta únicamente las solicitudes escritas que se presenten mediante el formulario de solicitud de subvención incluido en el anexo 1 de la Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo, de 29 de marzo de 2004, que estén dirigidas al Presidente del Parlamento Europeo y que respeten los plazos y modalidades de presentación de solicitudes que se describen a continuación.
2.2. Criterios de elegibilidad
Para aspirar a una subvención, un partido político a escala europea deberá cumplir las condiciones previstas en el artículo 3, apartado 1 del Reglamento (CE) n o 2004/2003, a saber:
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tener personalidad jurídica en el Estado miembro donde esté localizada su sede;
( 1 ) DO L 297 de 15.11.2003, p. 1. ( 2 ) DO C 155 de 12.6.2004, p. 1.
ES Diario Oficial de la Unión Europea C 164/13
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estar representado, en al menos la cuarta parte de los Estados miembros, por diputados al Parlamento Europeo o en los parlamentos nacionales o regionales, o en las asambleas regionales, o bien haber obtenido, en al menos la cuarta parte de los Estados miembros, al menos el 3 % de los votos emitidos en cada uno de dichos Estados miembros en las últimas elecciones al Parlamento Europeo;
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respetar, en particular en su programa y en sus actividades, los principios en...
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