Acción Común 2008/900/PESC del Consejo, de 2 de diciembre de 2008, por la que se modifica la Acción Común 2008/107/PESC por la que se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para Asia Central

SectionAcción Común
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

III (Actos adoptados en aplicación del Tratado UE) ACTOS ADOPTADOS EN APLICACIÓN DEL TÍTULO V DEL TRATADO UE ACCIÓN COMÚN 2008/900/PESC DEL CONSEJO de 2 de diciembre de 2008 por la que se modifica la Acción Común 2008/107/PESC por la que se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para Asia Central EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su ar tículo 14, su artículo 18, apartado 5, y su artículo 23, apar tado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El 12 de febrero de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/107/PESC (1).

(2) El mandato del Representante Especial de la Unión Eu ropea debe modificarse para tener en cuenta el papel de este último en el seguimiento de la ejecución de la Es trategia de la Unión Europea para una nueva asociación con Asia Central, adoptada por el Consejo Europeo en junio de 2007.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

En el artículo 3, apartado 1, de la Acción Común 2008/107/PESC, la letra i) se sustituye por el texto siguiente:

'i) contribuir a la definición de los aspectos de la PESC rela cionados con la seguridad energética, la lucha contra la droga y la gestión de los recursos hídricos en lo que se refiere a Asia Central.'.

Artículo 2

La presente Acción...

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