Protocolo al Acuerdo marco global de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea

SectionAcuerdo internacional

21.12.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 348/3

EL REINO DE BÉLGICA,

LA REPÚBLICA DE BULGARIA,

LA REPÚBLICA CHECA,

EL REINO DE DINAMARCA,

LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA,

LA REPÚBLICA DE ESTONIA,

IRLANDA,

LA REPÚBLICA HELÉNICA,

EL REINO DE ESPAÑA,

LA REPÚBLICA FRANCESA,

LA REPÚBLICA DE CROACIA,

LA REPÚBLICA ITALIANA,

LA REPÚBLICA DE CHIPRE,

LA REPÚBLICA DE LETONIA,

LA REPÚBLICA DE LITUANIA,

EL GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO,

HUNGRÍA,

LA REPÚBLICA DE MALTA,

EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS,

LA REPÚBLICA DE AUSTRIA,

LA REPÚBLICA DE POLONIA,

LA REPÚBLICA PORTUGUESA,

RUMANÍA,

LA REPÚBLICA DE ESLOVENIA,

LA REPÚBLICA ESLOVACA,

LA REPÚBLICA DE FINLANDIA,

EL REINO DE SUECIA,

EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE,

Partes contratantes del Tratado de la Unión Europea y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en lo sucesivo denominadas «Estados miembros», representadas por el Consejo de la Unión Europea, y

LA UNIÓN EUROPEA, denominada en lo sucesivo «Unión Europea»,

por una parte,

y

LA REPÚBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM, en lo sucesivo denominada «Vietnam»,

por otra,

en lo sucesivo denominadas conjuntamente «las Partes Contratantes» a efectos del presente Protocolo,

VISTA la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea el 1 de julio de 2013,

CONSIDERANDO que el Acuerdo marco global de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra (en lo sucesivo denominado «Acuerdo»), se firmó en Bruselas el 27 de junio de 2012;

CONSIDERANDO que el Tratado relativo a la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea (en lo sucesivo denominado «Tratado de adhesión») se firmó en Bruselas el 9 de diciembre de 2011;

CONSIDERANDO que, de conformidad con el artículo 6, apartado 2, del Acta de adhesión de la República de Croacia, dicha adhesión al Acuerdo debe aprobarse mediante la celebración de un Protocolo a dicho Acuerdo,

HAN CONVENIDO EN LO SIGUIENTE:

La República de Croacia se adhiere como Parte al Acuerdo marco global de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra, que se firmó en Bruselas el 27 de junio de 2012, y deberán adoptar y tomar nota respectivamente, de la misma manera que los otros Estados miembros de la Unión Europea, del texto del Acuerdo, así como de las Declaraciones correspondientes.

A su debido tiempo después de rubricar el presente...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT