Publicación de una comunicación de la aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión

SectionSerie C
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

7.2.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 42/22

La presente comunicación se publica con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (1).

Se han reconocido cuatro nuevas denominaciones geográficas complementarias de la denominación «Muscadet Sèvre et Maine», a saber, «Château-Thébaud», «Goulaine», «Monnières-Saint-Fiacre» y «Mouzillon-Tillières» [artículo 120, apartado 1, letra g) del Reglamento (UE) n.o 1308/2013].

Estas modificaciones han ocasionado modificaciones del pliego de condiciones en los siguientes puntos de su capítulo 1 [que trata de las disposiciones relativas a las denominaciones geográficas complementarias de la denominación Muscadet Sèvre et Maine, y en el que las cuatro nuevas denominaciones geográficas complementarias (DGC) incorporan las disposiciones específicas de las DGC existentes]:

— punto II, apartado 2, relativo a las DG

— punto IV, apartado 1, letra b), sobre la zona geográfica

— punto IV, apartado 2, letra b), sobre la superficie parcelaria delimitada

— punto IV, apartado 3, letra b), sobre la zona de proximidad inmediata

— punto VI, apartado 1, letra b), sobre las normas de poda

— punto VI, apartado 1, letra d), sobre la carga máxima por parcela

— punto VII, apartado 2, letra a), sobre la riqueza en azúcares de las uvas

— punto VII, apartado 2, letra b), sobre el grado alcohólico volumétrico natural mínimo

— punto VIII, apartado 1, sobre el rendimiento

— punto VIII, apartado 2, letra b), sobre la entrada en producción de las vides jóvenes

— punto IX, apartado 2, letras b) y c), sobre la crianza sobre lías

— punto IX, apartado 3, letra d), sobre el envasado en las bodegas

— punto IX, apartado 5, sobre la fecha de introducción en el mercado de consumo

— punto XII, apartado 2, letra c), sobre la indicación de la añada

Estas modificaciones han ocasionado modificaciones del pliego de condiciones en los siguientes puntos de su capítulo 2 [que trata de las disposiciones relativas a las denominaciones geográficas complementarias de la denominación Muscadet Sèvre et Maine, y en el que las cuatro nuevas denominaciones geográficas complementarias (DGC) incorporan las disposiciones específicas de las DGC existentes]:

— punto I, apartado 1, sobre la declaración de designación parcelaria

— punto I, apartado 2, sobre la declaración de reivindicación

— punto I, apartado 4, letra b), sobre la declaración de envasado

Estas cuatro nuevas denominaciones geográficas complementarias son todas territorios específicos:

— «Château-Thébaud», cuya ubicación occidental, en los promontorios que bordean el río Maine, crea un clima favorable a la precocidad y cuyos suelos, heredados del gneis y la granodiorita, permiten un profundo arraigo de la vid y originan mostos ricos en ácidos orgánicos que, tras una larga crianza, favorecen la expresión de vinos finos y con nervio que evocan frescura y mineralidad.

— «Goulaine», donde los terrenos, desarrollados sobre rocas metamórficas con poca alteración, en un clima muy atemperado por la proximidad del río Loira y los pantanos, favorecen una rápida maduración de las uvas que, gracias a una cosecha temprana en plena madurez, proporcionan vinos expresivos, equilibrados y suaves con aromas de fruta fresca y frutos secos;

— «Monnières – Saint-Fiacre», ubicada en las colinas y laderas que bordean el río Sèvre, cuyos suelos desarrollados sobre gneis poco ácidos, desintegrados o alterados, inducen cinéticas de maduración lentas, permitiendo la obtención de uvas muy maduras que originan vinos amplios y potentes, con notas de frutas maduras que evolucionan hacia frutas confitadas;

— «Mouzillon – Tillières», al este del viñedo, donde la interacción entre un clima más continental y unos suelos areno-arcillosos formados sobre gabros poco alterados favorece una maduración avanzada, dando lugar a vinos que, tras una cuidadosa crianza, expresan aromas intensos que evocan notas brioche, especiadas, frutales y florales a lo largo del tiempo;

El documento único se modificó en consecuencia.

La revisión de la zona geográfica de la denominación «Muscadet Sèvre et Maine» conlleva:

— la inclusión de dos municipios (Remouillé, Saint-Hilaire-de-Clisson) y de seis partes de municipios (Le Bignon, Gétigné, Montbert, Les Sorinières, Cugand, Saint-Hilaire-de-Loulay); todos estos municipios se encuentran dentro de la zona geográfica de la denominación regional «Muscadet»;

— la exclusión de una parte de un municipio (Le Loroux-Bottereau) a raíz de las obras para ceñir el viñedo a los sectores donde se ha mantenido una viticultura de calidad.

Además, se han realizado cambios de redacción: la nueva lista de entidades administrativas tiene en cuenta las fusiones u otras modificaciones en la zonificación administrativa que se han producido desde que se aprobó el pliego de condiciones. Para mayor seguridad jurídica, se hace referencia a la versión vigente del código geográfico oficial, publicado anualmente por el INSEE.

El documento único relativo a la zona geográfica y al vínculo con el origen se modifica en consecuencia.

En el capítulo 1, punto IV, apartado 2, del pliego de condiciones, después de las palabras «19 de mayo de 2011» se añaden las palabras «y del 20 de junio de 2018» y después de las palabras «10 de febrero de 2011» se añaden las palabras «y del 3 de mayo de 2017».

Esta modificación tiene por objeto añadir la fecha de aprobación por la autoridad nacional competente de una modificación de la superficie parcelaria delimitada dentro de la zona geográfica de producción. La delimitación parcelaria consiste en identificar, dentro de la zona geográfica de producción, las parcelas aptas para la producción de la uva destinada a la denominación de origen controlada en cuestión.

Esta modificación no afecta al documento único.

La zona de proximidad inmediata se ha actualizado tras la fusión de los municipios y la revisión de la zona geográfica. La superficie total de vinificación de la denominación no ha modificado.

El documento único relativo a las condiciones adicionales se modifica en consecuencia en el punto 9.

En el capítulo 1, punto VI, apartado 2, se añade: «En todas las hileras de viñas destinadas a la producción de vinos susceptibles de beneficiar las denominaciones geográficas complementarias “Château-Thébaud”, “Clisson”, “Gorges”, “Goulaine”, “Monnières – Saint-Fiacre”, “Mouzillon – Tillières” y “Le Pallet”, el control de la vegetación, sembrada o espontánea, está asegurado por medios mecánicos o físicos.»

Esta modificación acompaña la evolución actual de las prácticas de los operadores en favor de la agroecología. Refleja la creciente consideración de la preocupación medioambiental en los itinerarios técnicos. Al promover el control mecánico de la vegetación, ello conduce una reducción en el uso de herbicidas químicos.

Esta modificación no afecta al documento único.

En el punto VII, apartado 1, se añade una letra «b)-Disposiciones particulares de transporte de la vendimia

La vendimia destinada a la producción de vinos susceptibles de beneficiarse de las denominaciones geográficas complementarias “Château-Thébaud”, “Clisson”, “Gorges”, “Goulaine”, “Monnières-Saint-Fiacre”, “Mouzillon-Tillières” y “Le Pallet” está protegida de la lluvia durante el transporte desde el lugar de la cosecha hasta la instalación de prensado y, para evitar cualquier compactación de esta, el peso máximo de las uvas por contenedor es de 8 000 kg.».

La limitación del peso de las uvas en los contenedores permite limitar el deterioro de la uva durante el transporte para garantizar una calidad máxima para las denominaciones geográficas complementarias.

Esta modificación no afecta al documento único.

En el punto IX, apartado 1, se añade la frase «Todavía están sobre sus lías finas de vinificación cuando se envasan o cuando salen por primera vez de las bodegas de vinificación.»

El mantenimiento de los vinos sobre sus lías finas permite aportar todas las características a los productos orientados a la redondez. Esto permite afirmar y reforzar la segmentación de las diferentes denominaciones del Muscadet.

El documento único relativo a las prácticas vitivinícolas se modifica en consecuencia.

Se suprime la prohibición de utilizar tratamientos térmicos en el vino con temperaturas superiores a 40 °C. El objetivo de la modificación es dotar a los operadores de todos los medios técnicos posibles para gestionar las consecuencias de las añadas difíciles con desviaciones organolépticas del tipo «Aroma a moho y a tierra». La técnica de calentamiento del mosto, conocida como termovinificación, es mucho menos perjudicial para los vinos en términos de adelgazamiento y demacración que el uso de carbones enológicos mesoporosos.

Esta prohibición se mantiene para las siete denominaciones geográficas complementarias.

El documento único relativo a las prácticas vitivinícolas se modifica en consecuencia.

El final del...

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