Publicación de una solicitud de aprobación de una modificación que no se considera menor de un pliego de condiciones, de conformidad con el artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

25.6.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 211/15

38 rue Augustin Fresnel, BP 50139 37171 CHAMBRAY-LES-TOURS Cedex FRANCE

☐ Nombre del producto

☒ Descripción del producto

☒ Zona geográfica

☒ Prueba del origen

☒ Método de obtención

☒ Vínculo

☒ Etiquetado

☒ Otros (referencias de las estructuras de control, requisitos nacionales)

4.1. Identificación de los operadores Cada productor de leche, cada centro de transformación agrícola o lechero, cada recolector y cada centro de maduración o cualquier otro agente que intervenga en el sector rellenará una declaración de identificación. La declaración de identificación se enviará a la agrupación a más tardar siete semanas antes del comienzo de la actividad en cuestión, de conformidad con el modelo normalizado aprobado por el director del Instituto Nacional del Origen y la Calidad (INAO).

4.2. Obligaciones de declaración

4.2.1. Declaraciones de no intención de producción y declaración de reanudación de producción Todos los operadores enviarán a la agrupación una declaración previa de no intención de producción para la denominación «Sainte-Maure de Touraine». Enviarán una declaración previa de reanudación de la producción.

4.2.2. Obligaciones de declaración necesarias para poder conocer los productos que vayan a comercializarse con la denominación de origen y realizar su seguimiento A más tardar el 20 de febrero del año A+1, los productores agrícolas, los afinadores y los transformadores enviarán a la agrupación su declaración anual de producción de «Sainte-Maure de Touraine» del año anterior.

4.3. Conservación de registros

4.3.1. Trazabilidad Los operadores mantendrán a disposición de la agrupación y del organismo de control los registros de entrada y salida de los quesos, así como todos los documentos necesarios para comprobar el origen, la calidad y las condiciones de producción de la leche y los quesos. Para los transformadores: — Cantidades de leche recogidas para su transformación en «Sainte-Maure de Touraine» y su procedencia.

— Cantidades de leche transformadas en «Sainte-Maure de Touraine» por día de fabricación.

— Número de quesos «Sainte-Maure de Touraine» producidos por día de fabricación.

4.3.2. Seguimiento del cumplimiento de las condiciones de producción Los operadores pondrán a disposición de las estructuras de control los documentos necesarios para comprobar las condiciones de producción. Cada productor de leche garantizará la trazabilidad del forraje distribuido a las...

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