Publicación de una solicitud de aprobación de una modificación que no se considera menor de un pliego de condiciones, de conformidad con el artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios 2020/C 251/16

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

31.7.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 251/22

Agropole Route de Chauvigny CS 45002 86550 Mignaloux-Beauvoir FRANCE Tel. (33) (0)5 49 44 74 80 Fax (33) (0)5 49 46 79 05 Correo electrónico: Chabichoudp@na.chambagri.fr

☐ Nombre del producto

☒ Descripción del producto

☒ Zona geográfica

☒ Prueba de origen

☒ Método de producción

☒ Vínculo

☒ Etiquetado

☒ Otros: datos de contacto del servicio competente y de la agrupación, control, requisitos nacionales

☒ Modificación del pliego de condiciones de una DOP o IGP registrada que, a tenor del artículo 53, apartado 2, párrafo tercero, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, no se considera menor.

☐ Modificación del pliego de condiciones de una DOP o IGP registrada, cuyo documento único (o equivalente) no ha sido publicado y que, a tenor del artículo 53, apartado 2, párrafo tercero, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, no se considera menor.

— una declaración de identificación de los agentes económicos con vistas a su autorización que reconoce su capacidad para cumplir con los requisitos del pliego de condiciones;

— declaraciones necesarias para poder conocer los productos que vayan a comercializarse con denominación de origen y realizar su seguimiento;

— las obligaciones relacionadas con el mantenimiento de registros por parte de los agentes económicos;

— se añade la obligación de hacer un seguimiento documental para rastrear el producto desde la recogida de la leche hasta la elaboración: volúmenes recogidos individualmente y destinados a la transformación en «Chabichou du Poitou», volúmenes de leche coagulados para la elaboración del «Chabichou du Poitou» y número de quesos moldeados, comprados sin madurar, descartados y comercializados con DOP. También se añaden las frecuencias de registro: actualización del registro por los productores cada vez que recogen leche o mensualmente por los fabricantes y afinadores;

— se añade la naturaleza de otro tipo de datos que los fabricantes/afinadores deben recoger en los registros a efectos de control (duración de las diferentes etapas de elaboración, acidez en el momento de añadir el cuajo y en el moldeo, temperaturas, fecha de expedición y destino de los quesos frescos y maduros) así como los requisitos para los productores de leche en materia de seguimiento de la trazabilidad de los piensos para el rebaño (documento que indique la naturaleza, las cantidades distribuidas y el origen de esos alimentos);

— se añade un apartado sobre el control realizado sobre las características de los productos que van a comercializarse con denominación de origen: «Al finalizar el período mínimo de maduración, los quesos se someten aleatoriamente a un examen analítico y organoléptico».

— semillas de cereales, enteras o extruidas, y sus productos derivados;

— semillas y frutos oleaginosos y sus productos derivados;

— semillas de leguminosas y sus productos derivados;

— otras semillas y frutos y sus productos derivados: torta de presión...

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