Propuesta modificada de Decisión del Consejo relativa a un programa plurianual (1998-2002) de actividades en el sector nuclear relativas a la seguridad del transporte de material radioactivo así como al control de seguridad y la cooperación industrial para el fomento de determinados aspectos de la seguridad de las instalaciones nucleares en los...

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

TEXTO ORIGINAL TEXTO MODIFICADO 2. A la expiraci n del programa, la Comisi n evaluar los resultados obtenidos, la aplicaci n de la presente Decisi n y la coherencia de las acciones nacionales y comunitaras. Presentar un informe sobre la cuesti n al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comit Econ mico y Social y al Comit de las Regiones.

  1. A la expiraci n del programa, la Comisi n evaluar los resultados obtenidos, la aplicaci n de la presente Decisi n y la coherencia de las acciones nacionales y comunitaras. Presentar un informe sobre la cuesti n al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comit Econ mico y Social y al Comit de las Regiones.

Art culo 9

Art culo 9.

El programa estar abierto a los pa ses asociados de Europa Central y Oriental, de conformidad con las condiciones, incluidas las disposiciones financieras, establecidas en los protocolos adicionales de los Acuerdos de Asociaci n relativos a la participaci n en programas comunitarios. Chipre podr participar en el programa, sobre la base de cr ditos suplementarios y seg n las mismas normas que las aplicadas a los pa ses de la AELC, con arreglo a los procedimientos que se convengan con dichos pa ses.

El programa estar abierto a los pa ses asociados de Europa Central y Oriental, de conformidad con las condiciones, incluidas las disposiciones financieras, establecidas en los protocolos adicionales de los Acuerdos de Asociaci n relativos a la participaci n en programas comunitarios. Chipre podr participar en el programa, sobre la base de cr ditos suplementarios y seg n las mismas normas que las aplicadas a los pa ses de la AELC, con arreglo a los procedimientos que se convengan con dichos pa ses.

Art culo 10

Art culo 10.

Los destinatarios de la presente Decisi n ser n los Estados miembros.

Los destinatarios de la presente Decisi n ser n los Estados miembros.

Propuesta modificada de Decisi n del Consejo relativa a un programa plurianual (1998-2002) de actividades en el sector nuclear relativas a la seguridad del transporte de material radiactivo as como al control de seguridad y la cooperaci n industrial para el fomento de determinados aspectos de la seguridad de las instalaciones nucleares en los pa ses participantes actualmente en el programa TACIS (Programa SURE) (98/C 382/13) (Texto pertinente a los fines del EEE) COM(1998) 607 final -- 98/0234(CNS) (Presentada por la Comisi n con arreglo al apartado 2 del art culo 189 A del Tratado CE el 19 de octubre de 1998) TEXTO ORIGINAL TEXTO MODIFICADO EL CONSEJO DE LA UNI N EUROPEA, EL CONSEJO DE LA UNI N EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de Energ a At mica, y en particular su art culo 203,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de Energ a At mica, y en particular su art culo 203,

Vista la propuesta de la Comisi n, Vista la propuesta de la Comisi n,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo, Visto el dictamen del Parlamento Europeo, 9.12.98 C 382/43Diario Oficial de las Comunidades EuropeasES

TEXTO ORIGINAL TEXTO MODIFICADO Considerando que la voluntad de fomentar los controles de seguridad para la utilizaci n de material nuclear y un alto grado de seguridad son objetivos esenciales de la pol tica energ tica comunitaria en el mbito nuclear; que es necesario, por tanto, prever en el programa marco plurianual de acciones en el sector de la energ a (1998-2002) un programa espec fico para el fomento de las acciones relativas a los controles de seguridad y a la seguridad nuclear;

Considerando que la voluntad de fomentar los controles de seguridad para la utilizaci n de material nuclear y un alto grado de seguridad son objetivos esenciales de la pol tica energ tica comunitaria en el mbito nuclear; que es necesario, por tanto, prever en el programa marco plurianual de acciones en el sector de la energ a (1998-2002) un programa espec fico para el fomento de las acciones relativas a los controles de seguridad y a la seguridad nuclear;

Considerando que el empleo de la energ a nuclear para la producci n de electricidad y la utilizaci n creciente de material radiactivo en los sectores de la salud, la industria o la investigaci n implican el desarrollo del transporte de material radiactivo; que la preocupaci n por aumentar el nivel de seguridad en el mbito nuclear debe conducir, por tanto, a mejorar las condiciones de seguridad del transporte de material radiactivo;

Considerando que el empleo de la energ a nuclear para la producci n de electricidad y la utilizaci n creciente de material radiactivo en los sectores de la salud, la industria o la investigaci n implican el desarrollo del transporte de material radiactivo; que la preocupaci n por aumentar el nivel de seguridad en el mbito nuclear debe conducir, por tanto, a mejorar las condiciones de seguridad del transporte de material radiactivo;

Considerando que la Comunidad no puede desentenderse de la situaci...

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