Recomendación del Banco Central Europeo, de 4 de febrero de 2013, al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Central Bank of Cyprus (BCE/2013/3)

SectionResoluciones, recomendaciones y dictámenes

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 37/1

I

(Resoluciones, recomendaciones y dictámenes)

RECOMENDACIONES

BANCO CENTRAL EUROPEO RECOMENDACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 4 de febrero de 2013

al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Central Bank of Cyprus

(BCE/2013/3)

(2013/C 37/01)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular, el artículo 27.1,

Considerando lo siguiente:

Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales son controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea.

El mandato del actual auditor externo del Central Bank of Cyprus expirará después de la auditoría del ejercicio de 2012. Por lo tanto, es preciso nombrar auditor externo a partir...

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