Recomendación n.° 1/2017 del Consejo de Asociación UE-República de Moldavia, de 4 de agosto de 2017, sobre el Programa de Asociación UE-República de Moldavia [2017/1489]
Section | Recomendación |
Issuing Organization | Consejo de Asociación |
19.8.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 215/3
EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-REPÚBLICA DE MOLDAVIA,
Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra parte,
Considerando lo siguiente:
(1) El Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo») se firmó el 27 de junio de 2014 y entró en vigor el 1 de julio de 2016.
(2) De conformidad con el artículo 436, apartado 1, del Acuerdo, el Consejo de Asociación puede adoptar las recomendaciones oportunas con el fin de lograr los objetivos del Acuerdo.
(3) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 453, apartado 1, del Acuerdo, las Partes adoptarán todas las medidas generales o específicas necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Acuerdo y velarán por la consecución de los objetivos definidos en el mismo.
(4) En el marco de la revisión de la política europea de vecindad, se propuso una nueva fase de cooperación con los socios que permita mejorar la responsabilización de ambas Partes.
(5) La Unión y la República de Moldavia han acordado consolidar su asociación mediante la aprobación de un conjunto de prioridades para el período 2017-2019 con el objetivo de apoyar y reforzar la resiliencia y la estabilidad de la República de Moldavia y, al mismo tiempo, lograr una asociación política más estrecha y una integración económica más profunda.
(6) Las Partes del Acuerdo de Asociación han aprobado el texto del Programa de Asociación UE-República de Moldavia, que contribuirá a la aplicación del Acuerdo de Asociación al centrar la cooperación en intereses compartidos definidos en común.
HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:
El Consejo de Asociación recomienda que las Partes ejecuten el Programa de Asociación UE-República de Moldavia según lo dispuesto en el anexo.
El Programa de Asociación UE-República de Moldavia que figura en el anexo sustituirá al Programa de Asociación UE-República de Moldavia que se adoptó el 26 de junio de 2014.
La presente Recomendación surtirá efecto el día de su aprobación.
Hecho en Chisinau, el 4 de agosto de 2017.
(1) DO L 260 de 30.8.2014, p. 4.
Programa de Asociación entre la Unión Europea y la República de Moldavia 7
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Principios, instrumentos y recursos para la ejecución del Programa de Asociación 7
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Prioridades del Programa de Asociación 8
2.1 Prioridades clave 8
2.2 Diálogo político, gobernanza y fortalecimiento de las instituciones 10
i) Fortalecer la estabilidad, la independencia y la eficacia de las instituciones que garantizan la democracia y el Estado de Derecho en la República de Moldavia 10
ii) Reforma más profunda del sector judicial, en particular para garantizar la independencia, imparcialidad, profesionalidad y eficacia del poder judicial 13
iii) Garantía del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales 14
Derechos humanos y libertades fundamentales 14
Libertad de expresión 15
Cooperación con la sociedad civil 15
Malos tratos y tortura 16
Derechos del menor 16
Violencia doméstica 16
Igualdad de trato 16
Derechos sindicales y normas laborales fundamentales 16
2.3 Política exterior y de seguridad 17
Terrorismo, no proliferación de armas de destrucción masiva y exportación de armas ilegales 17
El conflicto de Transnistria 18
La Corte Penal Internacional 18
2.4 Cooperación en materia de libertad, seguridad y justicia 18
Protección de datos personales 19
Lucha contra la delincuencia organizada 19
Reforma de la policía 19
Cooperación policial y bases de datos 20
Lucha contra las drogas 21
Trata de seres humanos 21
Lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de menores 21
Lucha contra la ciberdelincuencia 21
Prevención y lucha contra la corrupción y los conflictos de intereses 22
Lucha contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y los delitos financieros 23
Cooperación en materia de migración, asilo y gestión de fronteras 24
Cooperación jurídica 25
2.5 Comercio y asuntos comerciales (ZLCAP) 26
Comercio de mercancías 26
Reglamentos técnicos, normalización e infraestructuras relacionadas 26
Medidas sanitarias y fitosanitarias 27
Aduanas y facilitación del comercio 28
Normas de origen 28
Establecimiento, comercio de servicios y comercio electrónico 29
Pagos corrientes y circulación de capitales 29
Contratación pública 29
Derechos de propiedad intelectual (DPI) 30
Competencia 30
Transparencia 31
Comercio y desarrollo sostenible 31
2.6 Desarrollo económico y oportunidades de mercado 31
Derecho de sociedades, contabilidad y auditoría, y gobernanza empresarial 32
Empleo, políticas sociales e igualdad de oportunidades 32
Protección de los consumidores 33
Estadísticas 34
Fiscalidad 34
Servicios financieros 35
Política industrial y empresarial 36
Sector minero y materias primas 36
Turismo 37
Agricultura y desarrollo rural 37
Sociedad de la información y Economía y Sociedad Digitales 37
Salud pública 38
Planificación y construcción urbanas 38
Desarrollo regional 38
Política marítima y pesquera 39
2.7 Conectividad, eficiencia energética, acción por el clima, medio ambiente y protección civil 39
Energía 39
Transporte 41
Medio ambiente 41
Acción por el clima 42
Protección civil 42
2.8 Movilidad y contactos interpersonales 43
Educación, formación y juventud 43
Investigación e innovación 44
Cultura, política audiovisual y medios de comunicación 45
Participación en las agencias y los programas de la UE 45
2.9 Comunicación con la ciudadanía y proyección pública 46
El 27 de junio de 2014, la Unión Europea, sus Estados miembros y la República de Moldavia (denominadas en lo sucesivo «Partes») firmaron un Acuerdo de Asociación ambicioso e innovador, que incorpora una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo (ZLCAP). El Acuerdo contiene disposiciones reguladoras y vinculantes y establece una cooperación reforzada que va más allá de los acuerdos tradicionales y abarca todos los ámbitos de interés. Comenzó a aplicarse de forma provisional el 1 de septiembre de 2014 hasta que finalizara el proceso de ratificación, lo que hizo que la aplicación plena del Acuerdo de Asociación se produjese el 1 de julio de 2016.
Con el fin de preparar y facilitar la aplicación del Acuerdo de Asociación, las Partes consensuaron un Programa de Asociación en Bruselas, el 26 de junio de 2014, y elaboraron una lista de prioridades de actuación conjunta durante el período 2014-2016.
El presente documento actualiza y reorienta la Agenda de Asociación (2014-2016) y establece nuevas prioridades para el trabajo conjunto durante el período 2017-2019, en particular a partir de las Conclusiones del Consejo de la Unión Europea sobre la República de Moldavia, adoptadas el 15 de febrero de 2016. Se distingue entre prioridades a corto plazo, en las que deben lograrse progresos significativos antes de finales de 2017, y a medio plazo, en las que deben lograrse progresos significativos en los 2 años siguientes.
El hecho de que el Programa de Asociación se centre en un número limitado de prioridades no afecta ni al ámbito ni al mandato del diálogo que se mantiene actualmente en el marco de otros Acuerdos y Asociaciones de interés o de la vía multilateral de la Asociación Oriental.
Por otra parte, en abril de 2014 entró en vigor la norma que faculta a los ciudadanos de la República de Moldavia titulares de pasaportes biométricos para desplazarse sin visado a los países del espacio Schengen. Los criterios de referencia del Plan de Acción para la Liberalización de Visados deben cumplirse continuamente para garantizar la sostenibilidad del régimen de exención de visados y así contribuir a la movilidad y los contactos entre los pueblos de la UE y la República de Moldavia, que figuran entre los elementos fundamentales en que se basa la asociación política y la integración económica de la República de Moldavia con la Unión Europea, según lo previsto en el Acuerdo de Asociación.
Los siguientes principios comunes orientarán la ejecución del Programa de Asociación:
— Las acciones que se lleven a cabo como parte del Programa de Asociación deberán estar inspiradas en los objetivos generales de la asociación política y la integración económica.
— Las prioridades del Programa de Asociación reflejan la responsabilidad de la UE y la República de Moldavia en cuanto a la plena aplicación de las disposiciones de su Acuerdo de Asociación ahora que ha entrado plenamente en vigor.
— Ambas Partes deben participar en la aplicación del Programa de Asociación, respetando plenamente los principios de apropiación, transparencia, rendición de cuentas e integración.
— Los resultados logrados en el marco del Programa de Asociación constituirán una importante contribución al cumplimiento de las prioridades para 2020 que se acordarán en la Cumbre de la Asociación Oriental de Bruselas.
— El objetivo del Programa de Asociación es lograr resultados tangibles, definidos y sostenibles mediante la progresiva aplicación de medidas prácticas y la participación de la sociedad civil y otras partes interesadas. Ambas Partes velarán especialmente por que toda la legislación y los documentos estratégicos que se desarrollen en el marco del Programa de Asociación se preparen conforme a un proceso integrador y basado en datos contrastados.
— Las Partes reconocen la importancia de apoyar las prioridades acordadas con medios políticos, técnicos y financieros que sean apropiados y suficientes.
— La ejecución del Programa de Asociación será objeto de seguimiento, informes anuales y evaluación. Se revisarán los progresos realizados, en particular durante las reuniones de las estructuras bilaterales que crea el Acuerdo de Asociación. Se animará también a la sociedad civil a concentrar sus actividades de seguimiento en el Programa de Asociación.
— La Unión Europea apoyará a la...
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