Recomendación del Parlamento Europeo, de 4 de julio de 2018, al Consejo, a la Comisión y a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad relativa a las negociaciones sobre el Acuerdo Global UE-Azerbaiyán (2017/2056(INI))

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

8.4.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 118/158

El Parlamento Europeo,

— Vistos los artículos 2, 3 y 8 y el título V, en particular los artículos 21, 22 y 36, del Tratado de la Unión Europea, así como la quinta parte del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

— Visto el inicio, el 7 de febrero de 2017, de las negociaciones entre la Unión Europea y Azerbaiyán sobre un nuevo acuerdo global que debería sustituir al Acuerdo de colaboración y cooperación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Azerbaiyana, por otra, de 1999 (1),

— Vista la adopción por el Consejo, el 7 de noviembre de 2016, de las directrices para la negociación de este acuerdo,

— Visto el Memorándum de Acuerdo sobre una asociación estratégica entre la Unión Europea y Azerbaiyán en el ámbito de la energía, de 7 de noviembre de 2006,

— Vistos los principales resultados de la decimoquinta reunión del Consejo de Cooperación entre la Unión Europa y la República de Azerbaiyán, de 9 de febrero de 2018,

— Visto el informe de la Comisión de 19 de diciembre de 2017 sobre las relaciones entre la Unión Europea y Azerbaiyán en el marco de la PEV revisada (SWD(2017)0485),

— Visto el mensaje de la Mesa de la Asamblea Parlamentaria Euronest a los jefes de Estado o de Gobierno, de 30 de octubre de 2017,

— Vista su Recomendación, de 15 de noviembre de 2017, al Consejo, a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) sobre la Asociación Oriental en la fase previa a la cumbre de noviembre de 2017 (2),

— Vista su Resolución, de 13 de diciembre de 2017, sobre el Informe anual sobre la aplicación de la política exterior y de seguridad común (3),

— Vistas las declaraciones conjuntas de las cumbres de la Asociación Oriental, incluida la del 24 de noviembre de 2017,

— Vista la publicación de la Comisión y el SEAE sobre la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea, de junio de 2016, y en particular los principios clave que contiene,

— Vistas su Resolución, de 15 de junio de 2017, sobre el caso del periodista azerbaiyano Afgan Mujtarli (4), y otras resoluciones sobre Azerbaiyán, en particular las relativas a la situación de los derechos humanos y el Estado de Derecho,

— Vista la declaración de 14 de enero de 2018 de la portavoz para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad / Política Europea de Vecindad y Negociaciones de Ampliación sobre la condena del periodista Afgan Mujtarli en Azerbaiyán,

— Vista la Resolución de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, de 11 de octubre de 2017, sobre el funcionamiento de las instituciones democráticas en Azerbaiyán,

— Vista la puesta en marcha de un procedimiento de infracción, el 5 de diciembre de 2017, por el Comité de ministros del Consejo de Europa, debido a la persistente negativa de las autoridades azerbaiyanas a ejecutar la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre el caso Ilgar Mammadov/Azerbaiyán,

— Visto el informe de la misión de evaluación de las necesidades de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE/OIDDH), de 2 de marzo de 2018, sobre las elecciones presidenciales anticipadas de Azerbaiyán,

— Vistos el artículo 108, apartado 4, y el artículo 52 de su Reglamento interno,

— Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Constitucionales y la posición en forma de enmiendas de la Comisión de Comercio Internacional (A8-0185/2018),

  1. Considerando que la Asociación Oriental se basa en un compromiso compartido entre Armenia, Azerbaiyán, Bielorrusia, Georgia, Moldavia, Ucrania y la Unión Europea para profundizar en sus relaciones y atenerse al Derecho internacional y los valores fundamentales, como la democracia, el Estado de Derecho, la buena gobernanza, el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales; que el nuevo acuerdo entre la Unión y Azerbaiyán debe fomentar los intereses de la Unión en la región, así como promover sus valores;

  2. Considerando que el Parlamento aboga por que se profundicen las relaciones con todos los miembros de la Asociación Oriental en tanto que estos respeten dichos valores fundamentales; que, dentro de la política de la Asociación Oriental, el atractivo modelo de Asociación Oriental + a más largo plazo propuesto por el Parlamento en su Resolución, de 15 de noviembre de 2017, sobre la Asociación Oriental, que podría llevar finalmente a su adhesión a las uniones aduanera, de la energía y digital y al espacio Schengen, entre otros, también debe estar abierto a países que no tengan un acuerdo de asociación con la Unión —como Azerbaiyán— una vez estén preparados para asumir esos mayores compromisos y hayan realizado avances considerables en la aplicación de las reformas acordadas mutuamente;

  3. Considerando que las relaciones entre la Unión y Azerbaiyán se rigen actualmente por el Acuerdo de colaboración y cooperación de 1999; que la Unión es el principal socio comercial de Azerbaiyán y su principal mercado de exportación e importación, lo que representa el 48,6 % del comercio total de Azerbaiyán y constituye su mayor fuente de inversión extranjera directa; que Azerbaiyán es un socio energético estratégico para la Unión, que posibilita la diversificación de las fuentes de energía de la Unión; que, sin embargo, la economía de Azerbaiyán se basa en el gas y el petróleo por lo que se refiere a alrededor del 90 % de sus exportaciones, lo que la hace vulnerable a las perturbaciones exteriores y las fluctuaciones de los precios mundiales del petróleo; que Azerbaiyán aún no es miembro de la OMC, lo que da lugar a graves obstáculos arancelarios y no arancelarios que lastran sus relaciones comerciales y empresariales con la Unión;

  4. Considerando que la Unión y Azerbaiyán destacaron, en la Declaración conjunta de la Cumbre de la Asociación Oriental del 24 de noviembre de 2017, que, de «manera diferenciada, la UE continuará debatiendo conjuntamente con cada uno de los países socios —incluidos Armenia, Azerbaiyán y Bielorrusia— qué posibilidades atractivas y realistas existen para intensificar el comercio mutuo y fomentar la inversión que reflejen intereses comunes, la política de inversiones reformada en lo que respecta a la protección de las inversiones, las normas comerciales internacionales y las normas internacionales en materia comercial, en particular en el ámbito de la propiedad intelectual, y contribuir a la modernización y diversificación de las...

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