Recomendación del Parlamento Europeo, de 5 de julio de 2017, destinada al Consejo sobre el 72.o periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas (2017/2041(INI))

Sectionrecomendación
Issuing OrganizationParlamento Europeo

19.9.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 334/178

El Parlamento Europeo,

— Vista la Carta de las Naciones Unidas,

— Vistas la Declaración Universal de Derechos Humanos y las convenciones de las Naciones Unidas sobre derechos humanos y los protocolos facultativos a las mismas,

— Visto el Tratado de la Unión Europea (TUE), y en particular sus artículos 21, 34 y 36,

— Visto el 71.o periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas,

— Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1325 (2000), 1820 (2009), 1888 (2009), 1889 (2010), 1960 (2011), 2106 (2013), 2122 (2013) y 2242 (2015) sobre las mujeres, la paz y la seguridad,

— Vista su Resolución, de 16 de marzo de 2017, sobre las prioridades de la Unión para el período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2017 (1),

— Visto el Informe anual de la Unión sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2015) y la política de la Unión Europea al respecto,

— Vista su Resolución, de 28 de abril de 2016, sobre los ataques a hospitales y escuelas, una violación del Derecho internacional humanitario (2),

— Vista su Recomendación destinada al Consejo, de 7 de julio de 2016, sobre el 71.o periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas (3),

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de 18 de julio de 2016, sobre las prioridades de la Unión para el 71.o periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas,

— Vistas las Directrices de la UE revisadas para la promoción y protección de los derechos del niño,

— Vista la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la participación de la Unión Europea en la labor de las Naciones Unidas, que otorga a la Unión el derecho a intervenir en la Asamblea General, a presentar oralmente propuestas y enmiendas que se someterán a votación a petición de un Estado miembro y a ejercer el derecho de respuesta,

— Vista la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes, de 19 de septiembre de 2016,

— Vista la Resolución A/71/L.48 aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 21 de diciembre de 2016, por la que se establece un «Mecanismo Internacional, Imparcial e Independiente para Ayudar en la Investigación y el Enjuiciamiento de los Responsables de los Delitos de Derecho Internacional Más Graves Cometidos en la República Árabe Siria desde Marzo de 2011»,

— Vista su Resolución, de 4 de febrero de 2016, sobre la masacre sistemática de minorías religiosas por el denominado «EIIL/Dáesh» (4),

— Vista su Resolución, de 27 de octubre de 2016, sobre la situación en el norte de Irak, en particular en Mosul (5),

— Visto el artículo 113 de su Reglamento interno,

— Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A8-0216/2017),

  1. Considerando que el compromiso de la Unión con un multilateralismo efectivo y una buena gobernanza global, centrado en las Naciones Unidas, constituye una parte integrante de la política exterior de la Unión y obedece a la creencia de que un sistema multilateral basado en normas y valores universales es idóneo para abordar crisis, desafíos y amenazas a escala mundial;

  2. Considerando que varios movimientos nacionalistas y proteccionistas de todo el mundo cuestionan el orden internacional basado en la cooperación, el diálogo, el comercio libre y justo, y los derechos humanos;

  3. Considerando que la Unión debe desempeñar un papel proactivo en la construcción de unas Naciones Unidas que puedan contribuir efectivamente a la búsqueda de soluciones globales, a la paz y la seguridad, a los derechos humanos, a la democracia y a un orden internacional basado en el Estado de Derecho; que los Estados miembros de la Unión necesitan esforzarse por seguir coordinando y por fusionar sus acciones en los órganos y organismos del sistema de las Naciones Unidas, de conformidad con el mandato contemplado en el artículo 34, apartado 1, del TUE;

  4. Considerando que la Unión y sus Estados miembros siguen representando colectivamente el mayor contribuyente financiero individual para el sistema de las Naciones Unidas, ya que proporcionan casi el 50 % de todas las contribuciones a la organización y que la contribución de los Estados miembros de la Unión representa alrededor del 40 % del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas; que las contribuciones de la Unión a las Naciones Unidas deberían ser más visibles;

  5. Considerando que la Unión trabaja en pro de la sostenibilidad ambiental, en particular en materia de lucha contra el cambio climático, promoviendo medidas y acciones internacionales para preservar y mejorar la calidad del medio ambiente y la gestión sostenible de los recursos naturales;

  6. Considerando que la Unión es uno de los más fervientes defensores y promotores de los derechos humanos, las libertades fundamentales, los valores culturales y la diversidad, la democracia y el Estado de Derecho;

  7. Considerando que el entorno de seguridad de la Unión es cada vez más inestable y volátil debido al gran número de retos existentes desde hace tiempo o de nueva aparición, entre ellos, los conflictos violentos, el terrorismo, la delincuencia organizada, la propaganda y la guerra cibernética, oleadas de refugiados y una presión migratoria sin precedentes y las repercusiones en el cambio climático, que son imposibles de resolver a escala nacional y requieren respuestas globales y regionales, así como una cooperación activa y constructiva;

  8. Considerando que la Unión y las Naciones Unidas deben desempeñar un papel importante en la aplicación de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible a fin de erradicar la pobreza y generar bienestar, abordar las desigualdades, crear un mundo más seguro y más justo, combatir el cambio climático y proteger el entorno natural; que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha decidido intensificar los esfuerzos de la organización para aplicar la nueva agenda de desarrollo;

  1. Formula las siguientes recomendaciones destinadas al Consejo:

    1. que continúe abogando por el pleno respeto de la soberanía, de las fronteras reconocidas a escala internacional y la integridad territorial de los países de Europa oriental y del Cáucaso meridional, a saber, Georgia, Moldavia y Ucrania, habida cuenta de las violaciones del Derecho internacional que se registran en estas zonas; que apoye y redoble los esfuerzos diplomáticos de cara a una solución pacífica y duradera a todos estos conflictos prolongados en curso, al igual que el conflicto en la región de Nagorno Karabaj y por el respeto de los derechos humanos y la integridad territorial, la no utilización de la fuerza y la igualdad de derechos y la autodeterminación de los pueblos sobre el terreno; que inste a la comunidad internacional a que aplique plenamente la política de no reconocimiento de la anexión ilegal de Crimea; que aumente activamente la presión sobre Rusia, en su condición de miembro permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, con el fin de resolver el conflicto en Ucrania de conformidad con los acuerdos de Minsk y ponga fin a la ocupación de las regiones georgianas de Abjasia y Osetia del Sur; que encuentre un equilibrio geopolítico que rechace todas las aspiraciones a esferas exclusivas de influencia;

    2. que siga apoyando plenamente los esfuerzos de las Naciones Unidas para facilitar una solución integral para acabar con la división de Chipre, haciendo hincapié en que resolver este problema repercutirá positivamente en el conjunto de la región y tanto en los grecochipriotas como en los turcochipriotas; pide al Consejo que destine todos sus recursos a apoyar plenamente la conclusión exitosa del proceso de reunificación y a apoyar el papel de las Naciones Unidas;

    3. que apoye los esfuerzos liderados por las Naciones Unidas para garantizar una solución para la cuestión del nombre de la antigua República Yugoslava de Macedonia por medio de un acuerdo entre Skopje y Atenas;

    4. que inste a todos los Estados miembros de las Naciones Unidas a que movilicen todos los recursos financieros y humanos necesarios para ayudar a las poblaciones locales en los conflictos armados y a los refugiados, y a que cumplan los compromisos financieros contraídos con las Naciones Unidas;

    5. que defienda el acuerdo nuclear entre Irán y los miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y Alemania como un importante logro de la diplomacia internacional y, en particular, de la diplomacia europea, y siga presionando a los Estados Unidos para que lo cumplan en la práctica;

    6. que utilice todos los instrumentos a su disposición para velar por que las acciones de los agentes estatales y no estatales sean conformes con el Derecho internacional humanitario (DIH); que apoye la labor realizada por el Comité Internacional de la Cruz Roja para establecer un mecanismo eficaz a fin de consolidar el cumplimiento del DIH;

    7. que impulse compromisos multilaterales más fuertes para encontrar soluciones políticas y pacíficas duraderas y sostenibles a los conflictos actuales en Oriente Próximo y el Norte de África, en particular en Siria, Irak, Yemen y Libia y que dé un nuevo impulso a los esfuerzos diplomáticos para resolver conflictos que se encuentran en punto muerto en todo el mundo; que continúe apoyando el trabajo, las acciones y las iniciativas que los enviados especiales de las Naciones Unidas llevan a cabo con el fin de solucionar estos conflictos; que solicite una ayuda humanitaria, financiera y política continuada de la comunidad internacional para hacer frente a la situación humanitaria y trabajar por el cese inmediato de la violencia; que impida toda violación del DIH y del Derecho internacional de los derechos humanos, entre otras, los ataques dirigidos a la infraestructura civil y a las poblaciones civiles y que condene firmemente dichas violaciones en Siria; que inste a todos...

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