Recurso interpuesto el 12 de febrero de 2004 contra el Consejo de la Unión Europea y la Comisión de las Comunidades Europeas por Faraj Hassan

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

En apoyo de su pretensión, la demandante alega que al afirmar que los compromisos adquiridos eran suficientes para evitar que las unidades a bordo de Toll Collect se conviertan en la plataforma dominante para el suministro de servicios telemáticos, la Comisión cometió un error manifiesto de apreciación, determinó erróneamente los hechos e incurrió en una contradicción con su propia apreciación de la incidencia de la medida en la competencia. Según la demandante, los citados compromisos no bastan para resolver los problemas relativos a la competencia enumerados por la Comisión, en particular, la entrega gratuita de la unidad a bordo de Toll Collect, que permite el suministro de todos los servicios telemáticos básicos, y el hecho de que los camiones no vayan a pagar por sistemas alternativos si pueden disponer de los servicios telemáticos gracias a la unidad a bordo de Toll Collect. Asimismo, la demandante alega que la motivación de la Decisión impugnada es insuficiente.

(1 ) 2003/792/CE: Decisión de la Comisión, de 30 de abril de 2003, por la que se declara la compatibilidad de una concentración con el mercado común y el Acuerdo EEE (Asunto COMP/M.2903 -- DaimlerChrysler/Deutsche Telekom/JV) (Texto pertinente a efectos del EEE.) [notificada con el número C(2003) 1409] (DO L 300, p. 62).

Recurso interpuesto el 12 de febrero de 2004 contra el Consejo de la Unión Europea y la Comisión de las Comunidades Europeas por Faraj Hassan (Asunto T-49/04) (2004/C 94/140) (Lengua de procedimiento: inglés) En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 12 de febrero de 2004 un recurso contra el Consejo de la Unión Europea y la Comisión de las Comunidades Europeas, formulado por Faraj Hassan, Londres (Reino Unido), representado por el Sr. E. Grieves, Barrister, y por el Sr. H. Miller, Solicitor.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-- Anule el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, en su versión modificada por el Reglamento (CE) de la Comisión no 2049/2003, de 20 de noviembre de 2003, y/o el Reglamento (CE) de la Comisión no 2049/2003, en su totalidad o por lo que respecta a la proscripción del demandante.

-- Con carácter subsidiario, declare los Reglamentos mencionados inaplicables en cuanto afecta al demandante.

-- Condene al Consejo a reembolsar al demandante las costas del presente procedimiento.

-- Condene al Consejo al pago de una indemnización de daños y...

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