Recurso interpuesto el 19 de febrero de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Jean-Pierre Castets

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Motivos y principales alegaciones Solicitante de la marca comunitaria:

Anheuser-Busch Inc.

Marca comunitaria solicitada:

Marca figurativa 'AB GENUINE BUDWEISER KING OF BEERS', para productos de la clase 32 (cerveza, etc.) Titular de la marca o signo que se invoca en el procedimiento de oposición:

Budejovicky Budvar Marca o signo que se invoca:

Marca denominativa nacional 'BUDWEISER' Resolución de la División de Oposición:

Denegación del registro Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso Motivos invocados: Infracción del artículo 42, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) no 40/94. En el contexto de este motivo, la demandante alega que la prueba del uso aportada por la parte que se opuso al registro resulta insuficiente para demostrar un uso efectivo. Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 40/94.

En este contexto, la demandante alega que no existe riesgo de confusión entre las marcas de que se trata.

(1) Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO L 11, p. 1).

Recurso interpuesto el 13 de febrero de 2004 contra Comisión de las Comunidades Europeas por Sonja Hosman-Chevalier (Asunto T-72/04) (2004/C 94/160) (Lengua de procedimiento: francés) En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 13 de febrero de 2004 un recurso interpuesto contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Sonja Hosman-Chevalier, con domicilio en Bruselas, representada por el Sr. Ramón García-Gallardo Gil-Fournier y la Sra.

Ellen Wouters, abogados.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-- Anule la decisión denegatoria de la Comisión.

-- Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones La demandante impugna la decisión de la Comisión por la que se le denegó la concesión de la indemnización por expatriación con arreglo al artículo 4 del anexo VII del Estatuto, debido a que sus actividades profesionales en Bruselas no podían considerarse como servicios prestados a un Estado miembro.

En apoyo de su recurso, la demandante alega que la Comisión cometió un error en la apreciación de los hechos y de su situación fáctica. La demandante afirma que su residencia habitual y su centro de intereses estaban en Austria.

Por otra parte, la demandante señala que la Comisión incurrió en un error de Derecho al considerar que la demandante trabajaba en interés y al servicio de la Verbindungsstelle der...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT