Asunto T-565/97 a T-595/97: Recurso interpuesto el 15 de diciembre de 1997 contra el Consejo de la Unión Europea y la Comisión de las Comunidades Europeas por João Luís de Sousa Abreu y otros

SectionOther
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

– Declare al Consejo y a la ComisiÛn responsables solidariamente de los perjuicios causados en virtud de la no aplicaciÛn de las medidas de transiciÛn y adaptaciÛn necesarias para el sector en que actu'a la demandante, con arreglo a lo dispuesto en los artÌculos 215 y 178 del Tratado CE;

– condene al Consejo y a la ComisiÛn al pago solidario de la cantidad de 3 126 768 escudos en concepto de indemnizaciÛn del perjuicio mencionado en el pa'rrafo anterior, junto con los intereses vencidos, a razÛn del tipo legal del 10%, desde la citaciÛn hasta el pago Ìntegro y efectivo;

– condene al Consejo y a la ComisiÛn al pago de las costas.

Motivos y principales alegaciones Los motivos y las principales alegaciones son ide'nticos a los formulados en el asunto T-316/97, HermÌnia Fernanda dos Santos Morais Antas/Consejo y ComisiÛn.

Recurso interpuesto el 15 de diciembre de 1997 contra el Consejo de la UniÛn Europea y la ComisiÛn de las Comunidades Europeas por Maria de Lurdes Esteves Afonso y Ana Paula Afonso LourencÀo de Oliveira y otros (Asunto T-509/97 a T-517/97) (98/C 166/41) (Lengua de procedimiento: portugue's) En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 15 de diciembre de 1997 un recurso contra el Consejo de la UniÛn Europea y la ComisiÛn de las Comunidades Europeas formulado por Maria de Lurdes Esteves Afonso y Ana Paula Afonso LourencÀo de Oliveira y otros, con domicilio en Portugal, representados por los Sres. Cristina Ferreira, Francisco Espregueira Mendes, Teresa Fonseca y Rui Gimaraƒes Lopes, Abogados de Oporto.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

– Declare al Consejo y a la ComisiÛn responsables solidariamente de los perjuicios causados en virtud de la no aplicaciÛn de las medidas de transiciÛn y adaptaciÛn necesarias para el sector en que actu'a la demandante, con arreglo a lo dispuesto en los artÌculos 215 y 178 del Tratado CE;

– condene al Consejo y a la ComisiÛn al pago solidario de la cantidad de 3 126 768 escudos en concepto de indemnizaciÛn del perjuicio mencionado en el pa'rrafo anterior, junto con los intereses vencidos, a razÛn del tipo legal del 10%, desde la citaciÛn hasta el pago Ìntegro y efectivo;

– condene al Consejo y a la ComisiÛn al pago de las costas.

Motivos y principales alegaciones Los motivos y las principales alegaciones son ide'nticos a los formulados en el asunto T-316/97...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT