Orientación del Banco Central Europeo, de 21 de diciembre de 2011, por la que se modifica la Orientación BCE/2010/20 sobre el régimen jurídico de la contabilidad y la información financiera en el Sistema Europeo de Bancos Centrales (BCE/2011/27)
Section | Orientación |
Issuing Organization | Banco Central Europeo |
24.1.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 19/37
ES
ORIENTACIONES ORIENTACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 21 de diciembre de 2011
por la que se modifica la Orientación BCE/2010/20 sobre el régimen jurídico de la contabilidad y la información financiera en el Sistema Europeo de Bancos Centrales
(BCE/2011/27)
(2012/38/UE)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, los artículos 12.1,
14.3 y 26.4,
Vista la contribución del Consejo General del Banco Central Europeo (BCE) conforme a los guiones segundo y tercero del artículo 46.2 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo,
Considerando lo siguiente:
(1) La Orientación BCE/2010/20, de 11 de noviembre de 2010, sobre el régimen jurídico de la contabilidad y la información financiera del Sistema Europeo de Bancos Centrales
( 1
) establece las reglas para normalizar los procedimientos contables y de información relativos a las operaciones emprendidas por los bancos centrales nacionales.
(2) Dada la diversidad de operaciones de política monetaria, es necesario aclarar en el anexo IV de la Orientación BCE/2010/20 que las provisiones relativas a las operaciones de política monetaria pueden variar, es decir, que las provisiones registradas conforme a la partida de pasivo 13 y mencionadas en la partida de activo 7.1 no constituyen necesariamente provisiones del Eurosistema.
(3) Consecuentemente, debe modificarse la Orientación BCE/2010/20,
HA ADOPTADO LA PRESENTE ORIENTACIÓN:
Modificación
La Orientación BCE/2010/20 se modificará como sigue:
El anexo IV de la Orientación BCE/2010/20 se sustituirá por el anexo de la presente orientación.
Entada en vigor
La presente Orientación entrará en vigor el 31 de diciembre de 2011.
Destinatarios
La presente Orientación se aplicará a todos los bancos centrales del Eurosistema.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 21 de diciembre de 2011.
Por el Consejo de Gobierno del BCE El Presidente del BCE
Mario DRAGHI
( 1 ) DO L 35 de 9.2.2011, p. 31.
L 19/38 Diario Oficial de la Unión Europea 24.1.2012
ES
ANEXO
ANEXO IV
COMPOSICIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL BALANCE
( 1 )
ACTIVO
Partida del balance
( 1
) Descripción del contenido de las partidas del balance Criterios de valoración Ámbito de aplicación
(
2 )
Reservas materiales de oro, esto es, lingotes, monedas, placas y pepitas, almacenado o «en camino». Oro que no está físicamente en existencias, como saldos de cuentas corrientes a la vista en oro (cuentas no asignadas), depósitos a plazo y derechos a recibir oro derivados de las operaciones siguientes: a) operaciones de ajuste al alza y a la baja, y b) swaps de oro, con o sin movimiento, cuando exista una diferencia de más de un día hábil entre despacho y recepción
1
1
Oro y derechos en oro
Valor de mercado
Obligatorio
Activos en moneda extranjera frente a no residentes en la zona del euro
Activos frente a entidades de contrapartida residentes fuera de la zona del euro, incluidas instituciones internacionales y supranacionales y bancos centrales fuera de la zona del euro, denominados en moneda extranjera
2
2
2.1
2.1
Obligatorio a) Derechos de giro dentro del tramo de reserva (neto)
Cuota nacional menos saldos en euros a disposición del FMI. La cuenta n o 2 del FMI (cuenta en euros para gastos administrativos) puede incluirse en esta partida o en la denominada "Pasivos en euros frente a no residentes en la zona del euro"
Activos frente al Fondo Monetario Internacional (FMI)
a) Derechos de giro dentro del tramo de reserva (neto)
Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado b) DEG
Saldos en DEG (brutos)
b) DEG
Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado
Obligatorio c) Otros derechos sobre activos
Acuerdos generales para la obtención de préstamos, préstamos conforme a acuerdos especiales de préstamo, depósitos en fondos fiduciarios administrados por el FMI
c) Otros derechos sobre activos
Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado
Obligatorio
Depósitos en bancos, inversiones en valores, préstamos al exterior y otros activos exteriores a) Depósitos en bancos fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo "Otros activos financieros"
Cuentas corrientes, depósitos a plazo, depósitos a un día, adquisiciones temporales a) Depósitos en bancos fuera de la zona del euro
Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado
2.2
2.2
Obligatorio
( 1
) La información relativa a los billetes en euros en circulación, a la remuneración de los activos o pasivos netos internos del Eurosistema derivados de la asignación de los billetes en euros dentro del Eurosistema y a los ingresos monetarios debería armonizarse en los estados financieros públicos anuales de los BCN. Las partidas que deben armonizarse se indican con un asterisco en los anexos IV, VIII y IX.
24.1.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 19/39
ES
) Descripción del contenido de las partidas del balance Criterios de valoración Ámbito de aplicación
(
2 )
b) Inversiones en valores fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo "Otros activos financieros"
Pagarés y obligaciones, letra s), bonos cupón cero, instrumentos del mercado monetario, instrumentos de renta variable mantenidos como parte de las reservas exteriores, todos emitidos por no residentes en la zona del euro b) i) Valores negociables distintos de los mantenidos hasta su vencimiento
Precio de mercado y tipo de cambio de mercado
Las primas o descuentos se amortizan
Partida del balance
( 1
Obligatorio
Obligatorio ii) Valores negociables clasificados como mantenidos hasta su vencimiento
Coste sujeto a pérdida de valor y tipo de cambio de mercado
Las primas o descuentos se amortizan iii) Valores no negociables
Coste sujeto a pérdida de valor y tipo de cambio de mercado
Las primas o descuentos se amortizan
Obligatorio iv) Instrumentos de renta variable negociables
Precio de mercado y tipo de cambio de mercado
Obligatorio
Obligatorio c) Préstamos exteriores (depósitos) fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida
11.3 del activo "Otros activos financieros"
c) Préstamos exteriores
Depósitos al valor nominal convertido al tipo de cambio de mercado
Obligatorio d) Otros activos exteriores
Billetes y monedas no pertenecientes a la zona del euro d) Otros activos exteriores
Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado a) Inversiones en valores dentro de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo "Otros activos financieros"
Pagarés y obligaciones, letra s), bonos cupón cero, instrumentos del mercado monetario, instrumentos de renta variable mantenidos como parte de las reservas exteriores, todos emitidos por residentes en la zona del euro
Activos en moneda extranjera frente a residentes en la zona del euro a) i) Valores negociables distintos de los mantenidos hasta su vencimiento
Precio de mercado y tipo de cambio de mercado
Las primas o descuentos se amortizan
3
3
Obligatorio
Obligatorio ii) Valores negociables clasificados como mantenidos hasta su vencimiento
Coste sujeto a pérdida de valor y tipo de cambio de mercado
Las primas o descuentos se amortizan
Obligatorio iii) Valores no negociables
Coste sujeto a pérdida de valor y tipo de cambio de mercado
Las primas o descuentos se amortizan
L 19/40 Diario Oficial de la Unión Europea 24.1.2012
ES
) Descripción del contenido de las partidas del balance Criterios de valoración Ámbito de aplicación
(
2 )
iv) Instrumentos de renta variable negociables
Precio de mercado y tipo de cambio de mercado
Obligatorio
Partida del balance
( 1
Obligatorio b) Otros derechos frente a residentes en la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo "Otros activos financieros" Préstamos, depósitos, adquisiciones temporales y otros empréstitos b) Otros derechos sobre activos
Depósitos y otros empréstitos al valor nominal, convertido al tipo de cambio de mercado
4 4 Activos en euros frente a no residentes en la zona del euro
4.1
4.1
Depósitos en bancos, inversiones en valores y préstamos a) Depósitos en bancos fuera de la zona del euro
Valor nominal a) Depósitos en bancos fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo "Otros activos financieros"
Cuentas corrientes, depósitos a plazo, depósitos a un día. Adquisiciones temporales relacionadas con la gestión de valores denominados en euros
Obligatorio
Obligatorio b) Inversiones en valores fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo "Otros activos financieros"
Instrumentos de renta variable, pagarés y obligaciones, letra s), bonos cupón cero, instrumentos del mercado monetario, todos emitidos por no residentes en la zona del euro b) i) Valores negociables distintos de los mantenidos hasta su vencimiento
Precio de mercado
Las primas o descuentos se amortizan ii) Valores negociables clasificados como mantenidos hasta su vencimiento
Coste sujeto a pérdida de valor
Las primas o descuentos se amortizan
Obligatorio iii) Valores no negociables
Coste sujeto a pérdida de valor
Las primas o descuentos se amortizan
Obligatorio iv) Instrumentos de renta variable negociables
Precio de mercado
Obligatorio
Obligatorio c) Préstamos fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo "Otros activos financieros"
c) Préstamos fuera de la zona del euro
Depósitos al valor nominal d) Valores emitidos por entidades fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo "Otros activos financieros"
Valores emitidos por organizaciones supranacionales o internacionales, por ejemplo, el Banco Europeo de Inversiones, con independencia de su situación geográfica
Obligatorio d) i) Valores negociables distintos de los mantenidos hasta su vencimiento
Precio de mercado
Las primas o descuentos...
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